MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

MODA ESTILO JACK & KEYSI SpA

RUT 77288093-6 CVE 2362761
Fecha instrumento
9 de agosto de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
9 de agosto de 2023
Repertorio
43435-2023
Notario
ZARELLA ELENA CAMEROTTO MORAGA
Oficio
Titular de la Quincuagésima Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ZARELLA ELENA CAMEROTTO MORAGA, Abogado, Notario Público Suplente de la Titular de la Quincuagésima Notaria de Santiago, doña CLAUDIA MARCELA GÓMEZ LUCARES, con oficio en Teatinos N° 371, oficina 113, Santiago, certifico: Por escritura pública, de fecha 09/08/2023, bajo el Repertorio N° 43.435-2023, ante la Notario Titular doña Claudia Gómez Lucares, don KENYER FRANK SU PRINCIPE, factor de comercio, cédula de identidad extranjero número veintitrés millones trescientos treinta y un mil cuatrocientos veintiuno guion ocho, domiciliado en calle General Jofre ciento diez, departamento trescientos ocho, comuna de Santiago y DINA MARIA PELAEZ AVILA, factor de comercio, cédula de identidad extranjero número veinticuatro millones novecientos sesenta y siete mil doscientos noventa y cuatro guion siete con domicilio en catedral dos mil doscientos setenta y nueve departamento cuarenta y uno A, comuna de Santiago, suscribieron escritura de Resciliación, Compraventa de Acciones y Modificación de sociedad “MODA ESTILO JACK & KEYSI SpA“ constituida por escritura pública de fecha primero de diciembre del año dos mil veinte ante el Notario público de Santiago don Feliz Jara Cadot e inscrita a fojas ochenta y cuatro mil seiscientos sesenta y cinco número cuarenta mil seiscientos trece, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil veinte, rut número setenta y siete millones doscientos ochenta y ocho mil noventa y tres guion seis: PRIMERO: Por el presente instrumento KENYER FRANK SU PRINCIPE Y DINA MARIA PELAEZ AVILA, vienen en RESCILIAR y dejar sin efecto en todas sus partes el contrato de MODIFICACION DE SOCIEDAD “MODA ESTILO JACK & KEYSI SpA” modificación celebrada con fecha veintiséis de abril del presente año, en la Notaría de don Feliz Jara Cadot, y su posterior saneamiento, modificación que se encuentra inscrita a fojas cincuenta y dos mil ochocientos ochenta y siete número veintitrés mil setenta y dos del registro de comercio del conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil veintitrés y anotada al margen de la inscripción de fojas ochenta y cuatro mil seiscientos sesenta y cinco numero cuarenta mil seiscientos trece del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil veinte.- SEGUNDO: por el presente Instrumento además KENYER FRANK SU PRINCIPE, dueño del total de las acciones de la sociedad y que corresponden a mil acciones, según se acreditó con el libro de accionistas, vende, cede y transfiere a doña DINA MARIA PELAEZ AVILA, las mil acciones de que es dueño por un valor de diez millones de pesos, quien las compra, acepta y adquiere para si, suma que el comprador paga en este acto al contado y al dinero en efectivo, declarando la parte vendedora recibirlos a su entera satisfacción y conformidad, renunciando expresamente las partes a la acción resolutoria, Con motivo de la presente cesión de acciones, el único accionista de la sociedad “MODA ESTILO JACK & KEYSI SpA” es DINA MARIA PELAEZ AVILA con mil acciones .- Se modifica la cláusula de administración de la sociedad, clausula sexta, estableciendo que esta corresponderá única y exclusivamente a doña DINA MARIA PELAEZ AVILA, a quien corresponderá la administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social, El administrador, anteponiendo el nombre de la sociedad o razón social a su firma la representara con las más amplias facultades y poderes descritos en sus estatutos de constitución .- se modifica además la cláusula decima primera del pacto social constitutivo señalando que la liquidación de la sociedad será practicada por la accionista administradora doña DINA MARIA PELAEZ AVILA. TERCERO: En todo lo no modificado por el presente instrumento queda plenamente vigente lo estipulado en el contrato social. SANTIAGO, a 14/08/2023.-