CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES GUILA SpA

CVE 2362360
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
18 de julio de 2023
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
18 de julio de 2023
Notario
HUMBERTO QUEZADA MORENO
Oficio
26º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, opciones, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión, derechos en sociedades y cualesquiera otros instrumentos mercantiles y mobiliarios, tanto en Chile como en el extranjero; pudiendo entre otros actos, adquirirlos, explotarlos, administrarlos, enajenarlos, percibir sus frutos, darlos en arrendamiento u otras formas de cesión temporal, por cuenta propia o ajena. Para el cumplimiento de su objeto y la inversión de los fondos disponibles, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, pudiendo constituir y)o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas, por acciones o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones; y, en general, realizar toda otra actividad que directa o indirectamente se relacione con las anteriores y que los accionistas determinen. - III

Administración

La administración, representación de la sociedad, y el uso de su razón social corresponderá a don Ariel Rappaport Leizerowicz, don Daniel Rappaport Hönig y a doña Mali Leizerowicz Sporn, quienes actuando en forma individual e indistintamente tendrán las más amplias facultades de administración y representación de la sociedad. Asimismo, contarán con las facultades enunciadas en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HUMBERTO QUEZADA MORENO, abogado, Notario Público Titular de la 26º Notaría de Santiago, con oficio en Apoquindo 3196, Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 18 de julio de 2023, ante mi suplente Juan Ramón Venegas Morvan: la sociedad DAMA INVESTMENTS L.P., debidamente representada, constituyó sociedad por acciones en los siguientes términos: I. Razón Social : La razón social será “INVERSIONES GUILA SpA”.- II. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, opciones, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión, derechos en sociedades y cualesquiera otros instrumentos mercantiles y mobiliarios, tanto en Chile como en el extranjero; pudiendo entre otros actos, adquirirlos, explotarlos, administrarlos, enajenarlos, percibir sus frutos, darlos en arrendamiento u otras formas de cesión temporal, por cuenta propia o ajena. Para el cumplimiento de su objeto y la inversión de los fondos disponibles, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, pudiendo constituir y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas, por acciones o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones; y, en general, realizar toda otra actividad que directa o indirectamente se relacione con las anteriores y que los accionistas determinen. - III. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales u oficinas que establezca en otros lugares en el resto del país o en el extranjero. - IV. Duración: Indefinida. - V. Capital: El capital de la sociedad es la suma única y total $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, de una misma serie, y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas por el constituyente en este acto, de la forma expresada en el artículo primero transitorio de los estatutos sociales. - VI. Administración: La administración, representación de la sociedad, y el uso de su razón social corresponderá a don Ariel Rappaport Leizerowicz, don Daniel Rappaport Hönig y a doña Mali Leizerowicz Sporn, quienes actuando en forma individual e indistintamente tendrán las más amplias facultades de administración y representación de la sociedad. Asimismo, contarán con las facultades enunciadas en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 1 de agosto de 2023. HQM. Not. Pub.