MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CONSULTORA DE ESTUDIOS MULTIDISCIPLINARIOS PARA LA GESTION Y EL DESARROLLO LIMITADA

RUT 77263090-5 CVE 2362294
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
10 de agosto de 2023
Notaría
Providencia

Instrumento

Fecha
10 de agosto de 2023
Repertorio
4703/2023
Comuna
Providencia

Sociedad

Capital
$1.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, Notario Santiago, Titular de la Primera Notaria de Providencia, Avenida Providencia 1777, certifico: Por escritura pública otorgada ante mí, el 10 de Agosto de 2023, Repertorio N° 4703/2023, JUAN PABLO BELAIR MORENO, domiciliado en Moneda 1541, Depto. 1603, Santiago, y ANDRA ELIZABETH ARACENA OPAZO, domiciliada en Latadia 5709, Las Condes, modificaron sociedad denominada “CONSULTORA DE ESTUDIOS MULTIDISCIPLINARIOS PARA LA GESTION Y EL DESARROLLO LIMITADA”, Rut Nº 77.263.090-5, constituida por escritura pública 31 de Diciembre de 1998, otorgada ante don Camilo Valenzuela Riveros, Notario Titular de la Primera Notaría de Providencia, inscrita a fojas 159 Nº 111 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1999, siendo su capital la suma de $1.000.000 con un 50% del haber social para cada uno de los socios Juan Pablo Belair Moreno y Andrea Elizabeth Aracena Opazo, en lo siguiente: 1) JUAN PABLO BELAIR MORENO cede a ANDREA ELIZABETH ARACENA OPAZO quien adquiere para si un 1% de los derechos sociales en la suma de $100.000. 2) La sociedad queda integrada por don Juan Pablo Belair Moreno, con un 49% del haber social, y Andrea Elizabeth Aracena Opazo, con un 51% del haber social, quienes acuerdan introducir las siguientes modificaciones al estatuto social. 3) sustituyen el nombre de fantasía por “Ars Global Consultoría”. 4) Reemplazan cláusula quinta por la siguiente: “QUINTO: El capital social es la suma de un millón de pesos que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) don Juan Pablo Belair Moreno aporta la suma de cuatrocientos noventa mil pesos equivalentes al cuarenta y nueve por ciento del haber social, ya ingresados al contado a la caja social, y b) doña Andrea Elizabeth Aracena Opazo aporta la suma de quinientos diez mil pesos equivalentes al cincuenta y uno por ciento del haber social ya ingresados al contado a la caja social”. 5) En lo no modificado rigen íntegramente las estipulaciones contenidas en la escritura social anterior, especialmente en cuanto dice relación con la limitación de la responsabilidad de los socios al monto de sus aportes. Santiago, 10 de Agosto de 2023. Rh.