CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CIVILTUM INGENIERÍA, DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN LIMITADA

CVE 2362924
Capital
$200.000 CLP
Fecha instrumento
14 de julio de 2023
Notaría
Viña del Mar
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
14 de julio de 2023
Comuna
Viña del Mar

Sociedad

Capital
$200.000 CLP
Domicilio
Curacaví, Región de Metropolitana
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será A) El estudio, diseño, y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de Ingeniería y Construcción, por cuenta propia o ajena; la realización de trabajos de edificación de obras civiles, tales como casas, edificios, caminos, puentes, represas, túneles, puertos aéreos o marítimos, ferrocarriles y otros; el desarrollo de proyectos inmobiliarios; la compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces o muebles; la realización de loteos y obras de urbanización; la construcción, promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas, acogidas o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales; y la implementación y realización, en general, de todo tipo de proyectos y de obras de Ingeniería y Construcción, y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. B) La construcción, edificación, montaje, explotación y compraventa de todo tipo de obras de Ingeniería Civil, sean éstas habitacionales, comerciales, industriales, agrícolas, mineras u obras públicas; transportes de materiales de construcción, áridos y otros; realización para sí o para terceros, de estudios y proyectos de ingeniería, arquitectura, factibilidad, jurídicos, económicos o financieros; prestación de asesorías y consultoría en tales materias; fabricación, extracción, transformación, obtención y comercio interno e internacional de materiales, útiles, implementos y maquinaria de construcción, edificación y montaje, pudiendo actuar, en la consecución de sus fines, por cuenta propia o ajena, sola o asociada con otras personas naturales o jurídicas, dentro o fuera del país; ejecutar todos los actos y concertar todas las convenciones que sean conducentes a dichos objetivos; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden

Administración

Se ejercerá indistintamente por don MARCELO ANDRÉS ASTORGA ROJAS, y por don BRAYAN GUSTAVO LAVANDERO TORRES, de acuerdo a las facultades establecidas en la escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS, Abogado, Notario Titular de la Cuarta Notaría de Viña del Mar, ubicada en Avenida Libertad Nº 901, Local A, comuna, Región de Valparaíso, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 14 de julio de 2023, ante mí, don MARCELO ANDRÉS ASTORGA ROJAS, domiciliado en Rosa Zúñiga Nº 725, Lote 83, Conjunto Habitacional Alfredo Nazar II, etapa 6, comuna de Limache, Región de Valparaíso, don BRAYAN GUSTAVO LAVANDERO TORRES, domiciliado en El Naranjo, lote 42, parcela 7, comuna de Curacaví, Región Metropolitana de Santiago, don HERNÁN PATRICIO MADRID OYARZÚN, domiciliado en Liverpool Nº 564, comuna de Villa Alemana, Región de Valparaíso, y don PEDRO ANTONIO GUTIÉRREZ BASTÍAS, domiciliado en Ramón Ángel Jara Nº 165, comuna de Quilpué, Región de Valparaíso, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Nombre: CIVILTUM INGENIERÍA, DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN LIMITADA, o CIVILTUM INGENIERÍA LTDA. Domicilio: Curacaví, Región de Metropolitana, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que la sociedad decida establecer en otros lugares del territorio nacional o en el extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad será A) El estudio, diseño, y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de Ingeniería y Construcción, por cuenta propia o ajena; la realización de trabajos de edificación de obras civiles, tales como casas, edificios, caminos, puentes, represas, túneles, puertos aéreos o marítimos, ferrocarriles y otros; el desarrollo de proyectos inmobiliarios; la compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces o muebles; la realización de loteos y obras de urbanización; la construcción, promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas, acogidas o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales; y la implementación y realización, en general, de todo tipo de proyectos y de obras de Ingeniería y Construcción, y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. B) La construcción, edificación, montaje, explotación y compraventa de todo tipo de obras de Ingeniería Civil, sean éstas habitacionales, comerciales, industriales, agrícolas, mineras u obras públicas; transportes de materiales de construcción, áridos y otros; realización para sí o para terceros, de estudios y proyectos de ingeniería, arquitectura, factibilidad, jurídicos, económicos o financieros; prestación de asesorías y consultoría en tales materias; fabricación, extracción, transformación, obtención y comercio interno e internacional de materiales, útiles, implementos y maquinaria de construcción, edificación y montaje, pudiendo actuar, en la consecución de sus fines, por cuenta propia o ajena, sola o asociada con otras personas naturales o jurídicas, dentro o fuera del país; ejecutar todos los actos y concertar todas las convenciones que sean conducentes a dichos objetivos; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Duración: La duración de la sociedad será indefinida. Capital: El capital social es la suma de un millón de pesos, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) don MARCELO ANDRÉS ASTORGA ROJAS, aporta la suma de $200.000, correspondiente al 20% del capital social, cantidad que pagó al momento de la suscripción de la escritura, b) don BRAYAN GUSTAVO LAVANDERO TORRES, aporta la suma de $200.000, correspondiente al 20% del capital social, cantidad que pagó al momento de la suscripción de la escritura, c) don HERNÁN PATRICIO MADRID OYARZÚN, aporta la suma de $200.000, correspondiente al 20% del capital social, cantidad que pagó al momento de la suscripción de la escritura, y d) don PEDRO ANTONIO GUTIÉRREZ BASTÍAS, aporta la suma de $400.000, correspondiente al 40% del capital social, cantidad que pagó al momento de la suscripción de la escritura. Administración: Se ejercerá indistintamente por don MARCELO ANDRÉS ASTORGA ROJAS, y por don BRAYAN GUSTAVO LAVANDERO TORRES, de acuerdo a las facultades establecidas en la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Viña del Mar, 16 DE AGOSTO DE 2023.