CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES ORTIZ LIMITADA

CVE 2361423
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
10 de agosto de 2023
Notaría
Ovalle
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
10 de agosto de 2023
Repertorio
1983/2023
Notario
FELIPE LEIVA ILABACA
Oficio
Primera Notaría de Ovalle
Comuna
Ovalle

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP
Domicilio
comuna de Monte Patria. Ovalle 11 de agosto de 2023
Duración
comienza a regir esta fecha y por cinco años renovables

Objeto social

La actividad comercial en sus formas más amplias; la adquisición, enajenación, explotación de toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos; la construcción y demolición de bienes inmuebles, sean destinados al comercio o a la habitación, por cuenta propia o ajena; explotarlos, arrendarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma. La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; y todo lo que, en la actualidad o en el futuro, esté relacionado con estas actividades; y cualquier otro negocio que acordaren los

Administración

La administración y el uso de la razón social corresponderá a la socia doña KARINA ANDREA ORIZ MOYA quien anteponiendo su firma a la razón social representará a la sociedad con las más amplias facultades pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos y ante cualquier autoridad, salvo la limitación para gravar y enajenar inmuebles se requiere consentimiento de ambos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FELIPE LEIVA ILABACA, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de Ovalle, domicilio calle Vicuña Mackenna número 370, oficina 3-E, Ovalle, CERTIFICO: por escritura pública otorgada ante mí el día 10 de Agosto del año 2023, bajo el repertorio N°1983/2023, Don CESAR ANTONIO ORTIZ MOYA, domiciliado en los Tapia sin número, Chañaral Alto, comuna de monte Patria, cédula nacional de identidad número trece millones setecientos cuarenta y siete mil cuatrocientos sesenta y siete cero, y doña KARINA ANDREA ORTIZ MOYA, chilena, comerciante, casada y separada totalmente de bienes, domiciliada en los Tapia sin número, Chañaral Alto, comuna de monte Patria, cédula nacional de identidad número catorce millones trescientos ochenta y seis mil siete guion ocho, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. RAZON SOCIAL: “SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES ORTIZ LIMITADA”, nombre fantasía “INVERSIONES ORTIZ LTDA. OBJETO: La actividad comercial en sus formas más amplias; la adquisición, enajenación, explotación de toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos; la construcción y demolición de bienes inmuebles, sean destinados al comercio o a la habitación, por cuenta propia o ajena; explotarlos, arrendarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma. La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; y todo lo que, en la actualidad o en el futuro, esté relacionado con estas actividades; y cualquier otro negocio que acordaren los socios. CAPITAL: $5.000.000, que los socios aportan de la siguiente forma, don CESAR ANTONIO ORTIZ MOYA aporta $2.500.000, equivalente al cincuenta por ciento, doña KARINA ANDREA ORTIZ MOYA aporta $2.500.000, equivalente al cincuenta por ciento, todos en este acto, de contado, e ingresan a la caja social. ADMINISTRACIÓN: La administración y el uso de la razón social corresponderá a la socia doña KARINA ANDREA ORIZ MOYA quien anteponiendo su firma a la razón social representará a la sociedad con las más amplias facultades pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos y ante cualquier autoridad, salvo la limitación para gravar y enajenar inmuebles se requiere consentimiento de ambos socios.- DURACION: comienza a regir esta fecha y por cinco años renovables. DOMICILIO: comuna de Monte Patria. Ovalle 11 de agosto de 2023.