CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA E INVERSIONES SAN MARTIN SpA

CVE 2361049
Capital
$114.000.000 CLP
Fecha instrumento
9 de agosto de 2023

Instrumento

Fecha
9 de agosto de 2023
Notario
JUAN ANTONIO LOYOLA
Domicilio
Temuco

Sociedad

Capital
$114.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN ANTONIO LOYOLA, Notario Público de Temuco, domiciliado en calle Arturo Prat 815, Temuco, certifica: Por escritura Publica de fecha 09 de agosto de 2023, otorgada ante mí; don DAVID ALBERTO MORALES TRONCOSO, quien declara ser chileno, abogado, divorciado, cédula de identidad número diez millones seiscientos cincuenta y dos mil novecientos cincuenta y nueve guión cero, domiciliado en calle Arturo Prat seiscientos noventa y seis, oficina trescientos uno, de la ciudad y comuna de Temuco, quien actúa en representación de don FERMIN ARTURO SAN MARTIN MÜLLER, chileno, soltero, empresario, cédula de identidad número nueve millones ciento treinta y un mil novecientos doce guión ocho, domiciliado en Kilometro Dos camino Puerto Saavedra a El Temo, comuna de Saavedra, viene en otorgar la siguiente escritura de rectificación y saneamiento: PRIMERO: Antecedentes. Que por escritura pública de fecha veinte de julio el año dos mil veintitrés, ante el Notario Público de la ciudad de Temuco don Arturo Wevar Palma, suplente del titular don Juan Antonio Loyola Opazo, repertorio notarial número tres mil doscientos noventa y cuatro, se otorgó escritura de constitución de sociedad por acciones INMOBILIARIA E INVERSIONES SAN MARTIN SpA., cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial en su edición número cuarenta y tres mil seiscientos doce, con fecha veintisiete de julio de dos mil veintitrés, sin embargo por una omisión, dicho extracto no se inscribió dentro del plazo legal en el Registro de Comercio respectivo.- SEGUNDO: Por el presente instrumento y de acuerdo al artículo cuatrocientos veintiocho del Código de Comercio, en relación con los artículos seis y seis A de la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, sobre saneamiento de vicios de nulidad de sociedades, el compareciente viene en sanear la falta inscripción del extracto de escritura de constitución de sociedad por acciones INMOBILIARIA E INVERSIONES SAN MARTIN SpA., en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de la ciudad de Carahue dentro del plazo legal.- TERCERO: Además por el presente instrumento y debidamente facultado, según se acreditará, don DAVID ALBERTO MORALES TRONCOSO, viene en rectificar, el TITULO SEGUNDO: DEL CAPITAL: Artículo Quinto: Uno), letra B) de la escritura pública de constitución de sociedad por acciones INMOBILIARIA E INVERSIONES SAN MARTIN SpA. de fecha veinte de julio el año dos mil veintitrés, ante el Notario Público de la ciudad de Temuco don Arturo Wevar Palma, suplente del titular don Juan Antonio Loyola Opazo, repertorio notarial número tres mil doscientos noventa y cuatro, SOLO en cuanto a que en la letra B) del Artículo Quinto: Uno) en su parte final se señala que “El dominio a nombre del aportante rola inscrito a FOJAS mil sesenta y dos, NÚMERO mil veintidós, en el Registro de Propiedad AÑO dos mil seis del Conservador de Bienes Raíces de Temuco” debiendo decir, “El dominio a nombre del aportante rola inscrito a FOJAS mil sesenta y dos, NÚMERO mil veintidós, en el Registro de Propiedad AÑO dos mil seis del Conservador de Bienes Raíces de Carahue”.- lo que se tiene modificado para todos los efectos legales.- En todo lo demás no se modifica, el señalado Titulo Segundo, Artículo Quinto.- CUARTO: Personería: la personería de don David Alberto Morales Troncoso, para actuar en representación de FERMEN ARTURO SAN MARTIN MÜLLER, conta en Clausula Tercero de escritura pública de constitución de sociedad por acciones INMOBILIARIA E INVERSIONES SAN MARTIN SpA, de fecha veinte de julio el año dos mil veintitrés, ante el Notario Público de la ciudad de Temuco don Arturo Wevar Palma, suplente del titular don Juan Antonio Loyola Opazo, repertorio notarial número tres mil doscientos noventa y cuatro, documento que no se inserta por ser conocido por las parres y tenido a la vista del notario que autoriza.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Capital $114.000.000.- Temuco, 10 de Agosto de 2023. Doy Fe.