MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES MONARANI LIMITADA

RUT 76975711-2 CVE 2360688
Fecha instrumento
30 de junio de 2023

Instrumento

Fecha
30 de junio de 2023
Notario
FELIX JARA CADOT
Domicilio
Santiago

Objeto social

La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; y cualquier otro negocio que acordaren los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FELIX JARA CADOT, Notario Público de Santiago, Titular de la 41ª Notaría, con oficio en Huérfanos 1160, subsuelo comuna de Santiago, certifica: por escritura pública, hoy, ante mí, Sergio Ricardo Ascanio Torrealba San Martín, por sí y en representación de Arantxa Carolina Paz Torrealba Iglesias, Nicolás Eduardo Torrealba Iglesias y Montserrat Fernanda Torrealba Iglesias; todos domiciliados en calle Huérfanos N° 4.533, Quinta Normal, Región Met ropolitana de Santiago; en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad: “INVERSIONES MONARANI LIMITADA”, Rol Único Tributario número setenta y seis millones novecientos setenta y cinco mil setecientos once guion dos, inscrita a fojas mil veinticuatro número quinientos noventa y siete del Registro de Comercio del año dos mil diecinueve en el Conservador de Bienes Raíces de Santiago, (ABSORBENTE), y Sergio Ricardo Ascanio Torrealba San Martin, por sí y en representación de Arantxa Carolina Paz Torrealba Iglesias, ambos domiciliados en calle Huérfanos N° 4.533, Quinta Normal, Región Metropolitana de Santiago; en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad: “INVERSIONES DOÑA ARANTXA CAROLINA PAZ TORREALBA IGLESIAS LIMITADA”, Rol Único Tributario número setenta y seis millones ochocientos dos mil novecientos cuarenta y tres guion uno, inscrita a fojas setenta y siete mil doscientos treinta y siete, número cuarenta y un mil quinientos sesenta y uno del Registro de Comercio del año dos mil diecisiete del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, (ABSORBIDA); aprobaron y acordaron, entre otros acuerdos: 1) Fusionar las sociedades antes individualizadas en una sola sociedad, fusión por incorporación que se efectúa absorbiendo “INVERSIONES MONARANI LIMITADA”, (ABSORBENTE) a la sociedad “INVERSIONES DOÑA ARANTXA CAROLINA PAZ TORREALBA IGLESIAS LIMITADA”, (ABSORBIDA), la cual, por este este acto, incorpora a la absorbente todo su activo, pasivo y patrimonio. 2) Como consecuencia de la fusión, aumentaron el capital de la sociedad absorbente “INVERSIONES MONARANI LIMITADA”, con el capital que recibe de la sociedad absorbida, modificándose el artículo Quinto de los estatutos sociales de la sociedad “INVERSIONES MONARANI LIMITADA”, cuyo texto se reemplaza por el que se inserta en el artículo 5° del texto refundido y act ualizado de los estatutos de la sociedad “INVERSIONES MONARANI LIMITADA”, una vez fusionada. 3) Como consecuencia de la fusión acordada, se disuelve la sociedad absorbida; “INVERSIONES DOÑA ARANTXA CAROLINA PAZ TORREALBA IGLESIAS LIMITADA”, sin que sea necesario proceder a su liquidación. 4) La Relación de participación de todos los socios en el capital de la sociedad absorbente. 5) La fecha de la fusión, siendo la de la escritura extractada. 6) El texto modificado, refundido, y actualizado de los estatutos de la sociedad “INVERSIONES MONARANI LIMITADA” fusionada, que en materia de extracto se resume como sigue: Razón Social. INVERSIONES MONARANI LIMITADA. Objeto. La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; y cualquier otro negocio que acordaren los socios. Administración, La administración y uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don SERGIO RICARDO ASCANIO TORREALBA SAN MARTIN, quien anteponiendo a su firma la razón social obligará y representará a la sociedad con amplias facultades de administración y disposición de bienes. Capital, Trece millones doscientos noventa y siete mil ciento cincuenta y cinco pesos, que los socios han enterado en dinero efectivo ingresado a la caja social con anterioridad a este acto de la siguiente manera: a) SERGIO RICARDO ASCANIO TORREALBA SAN MARTIN, once millones novecientos sesenta y siete mil cuatrocientos cuarenta pesos equivalentes al noventa por ciento de participación en el capital social; b) NICOLÁS EDUARDO TORREALBA IGLESIAS, cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos veintisiete pesos equivalentes al tres coma seis por ciento de participación en el capital social; c) MONTSERRAT FERNANDA TORREALBA IGLESIAS, cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos veintisiete pesos equivalentes al tres coma seis por ciento de participación en el capital social; y, d) ARANTXA CAROLINA PAZ TORREALBA IGLESIAS, trescientos setenta y seis mil sesenta y un pesos, equivalentes al dos coma ocho por ciento de participación en el capital social. Domicilio, la ciudad de Santiago, pero podrá instalar agencias, oficinas, sucursales o establecimientos en otros puntos del país o en el extranjero. Duración, 5 años contados desde la fecha de la presente escritura y se renovará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 3 años, a menos que uno cualquiera de los socios manifieste su voluntad de no renovar su vigencia, en la forma y plazo estipulado en escritura. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 30/06/2023. Félix Jara Cadot. N.P.