MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES INTEGRALIS LIMITADA

RUT 76058950-0 CVE 2360340
Capital
$4.800 CLP
Notaría
Santiago

Instrumento

Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$4.800 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO ENRIQUE PIEDRABUENA FIGUEROA, Interino de 12 Notaría de Santiago, Teatinos 331, certifica: que por escritura pública hoy ante mí, EUGENIO HERNÁN SOLIS TOLOZA, Huérfanos 1492 depto. 32, Santiago, JOSÉ MIGUEL ARAVENA INDO, Simón Bolívar 7601, La Reina, y ALVARO EUGENIO SOLIS VEGA, Avenida Suecia 3137, depto. 5, Ñuñoa, modifican empresa ASESORÍAS E INVERSIONES INTEGRALIS LIMITADA, inscrita fojas 1141 N° 885 Registro de Comercio 2004 dos mil cuatro, modificada a fojas 9292 N° 5230 Registro de Comercio 2017, en el siguiente sentido: JOSÉ MIGUEL ARAVENA INDO, se retira de la sociedad, vendiendo el 1% de la sociedad a ALVARO EUGENIO SOLIS VEGA, quien adquiere para sí, y, EUGENIO HERNÁN SOLIS TOLOZA, vende el 19% de la sociedad a ALVARO EUGENIO SOLIS VEGA, quien adquiere para sí. Como consecuencia, quedan como únicos socios de “Asesorías e Inversiones Integralis Limitada”, EUGENIO HERNÁN SOLÍS TOLOZA con el 80%, del capital social y de los derechos sociales y ALVARO EUGENIO SOLIS VEGA con 20% del capital social y de los derechos sociales, quienes vienen en modificar lo siguiente: Uno. Se modifica numeral segundo referido a la razón social, reemplazándolo por el siguiente INVERSIONES INTEGRALIS LIMITADA", pudiendo utilizar nombre "INTEGRALIS LTDA.". Dos. Modifican numeral referido al objeto por el siguiente: “TERCERO: El objeto de la sociedad será: la inversión de toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales y la explotación de ellos, inversión en títulos de crédito; la prestación de servicios de asesoría profesional en áreas legal, tributaria, contable, y servicios de auditoria en dichas áreas; prestación de servicios vía Internet, venta de todo tipo de productos por internet y en forma presencial; y toda otra clase de actividad profesional o comercial conexa relacionada con las anterior señaladas y que acuerden los socios”. Tres. Modifican numeral referido a la Administración y Uso de la Razón Social, por la siguiente: CUARTO. La administración de la Sociedad y el uso de su razón social, corresponderá al socio EUGENIO HERNÁN SOLIS TOLOZA, quien la ejercerá con amplias facultades. Cuatro. Modifican el numeral referido al capital por el siguiente: “QUINTO: “El capital de la sociedad será la suma de seis millones de pesos, que se aportan de la siguiente forma: Don EUGENIO HERNÁN SOLIS TOLOZA, aporta la suma de $4.800.000 en dinero efectivo que ya ingreso en la caja social; ALVARO EUGENIO SOLIS VEGA, aporta la suma de $1.200.000 en dinero efectivo que ya ingreso en la caja social”.- En todo lo no expresamente modificado se mantiene la vigencia cláusulas pacto social primitivo. Demás estipulaciones consta en escritura extractada. Santiago, a 7 de julio del 2023.