HERNANDEZ CARDENAS Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 1 de agosto de 2023
- Notario
- ALVARO GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- 42ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $4.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de Santiago
- Duración
- La sociedad regirá desde la fecha del presente instrumento y tendrá una duración de cinco años, contados desde la fecha, renovándose automáticamente por periodos iguales y sucesivos de cinco años, salvo que alguno de los socios, con a los menos seis meses de anticipación al vencimiento respectivo, manifestare su voluntad de poner término a la sociedad, mediante una declaración hecha por escritura pública anotada en el registro de comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, al margen de la inscripción social
Objeto social
La compra, venta, prestación de servicios, consignación, importación, exportación, distribución, comercialización, maderas, materiales, maquinas, partes y piezas, elementos, construcción, ferretería, diseño, decoración, ornamentación, y en general subproductos de estas, como papeles murales, pisos sintéticos, pisos flotantes y pinturas; la compra, venta y explotación y comercialización de herramientas, repuestos y quincallerías, ejercicio de actividad comercial formas más amplias, por mayor y detalle, cuenta propia o ajena y explotación establecimientos de comercio, estudio y ejecución obras y proyectos de ingeniería y construcción, por cuenta propia o ajena, tales como edificios y proyectos inmobiliarios; la compra, venta, enajenación y arriendo bienes raíces o muebles, por cuenta propia o ajena, todo tipo de negocios y proyectos o toda actividad relacionada con lo anterior que acordaren los socios, pudiendo participar en licitaciones públicas y)o privadas, asociarse con terceros, personas naturales y)o jurídicas, nacionales o extranjeras y)o formar sociedades de cualquier naturaleza, celebrar convenios, actos y desarrollar actividades relacionadas del objeto social cualesquiera de sus formas y la importación, exportación, compra, venta y fabricación de productos para ferretería, quincallería y otros similares y demás relacionados directa o indirectamente con el objeto y en cualquier otra actividad relacionada con lo anterior, que los socios acuerden
Administración
- El uso de la razón social, la representación y administración de la sociedad, corresponderá a ambos socios, en forma separada e indistinta, quienes actuando en la forma indicada y anteponiendo a su firma la razón social, tendrán la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo al efecto ejecutar todo tipo de actos y celebrar toda clase de contrato o convenciones de cualquier naturaleza que sean.- Otras menciones constan escritura extractada. Santiago, 07 de Agosto de 2023
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| MARCELO FRANCISCO HERNANDEZ CARDENAS | socio | 8527521-8 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GONZALEZ SALINAS, abogado, Notario Público Titular 42ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas 1070 2° piso, certifica: Por escritura de fecha 01 de Agosto de 2023 otorgada ante mí, MATIAS JESUS HERNANDEZ SANDOVAL, factor de comercio, CI N°17.319.768-3 y MARCELO FRANCISCO HERNANDEZ CARDENAS, empresario, CI N°8.527.521-8, ambos domiciliados Obispo Orrego N°1190 departamento 107, Ñuñoa, Región Metropolitana, constituyeron sociedad responsabilidad limitada monto respectivos aportes de cuyas disposiciones extracto: RAZON SOCIAL: HERNANDEZ CARDENAS Y COMPAÑÍA LIMITADA nombre de fantasía “EDENA LTDA.” OBJETO: La compra, venta, prestación de servicios, consignación, importación, exportación, distribución, comercialización, maderas, materiales, maquinas, partes y piezas, elementos, construcción, ferretería, diseño, decoración, ornamentación, y en general subproductos de estas, como papeles murales, pisos sintéticos, pisos flotantes y pinturas; la compra, venta y explotación y comercialización de herramientas, repuestos y quincallerías, ejercicio de actividad comercial formas más amplias, por mayor y detalle, cuenta propia o ajena y explotación establecimientos de comercio, estudio y ejecución obras y proyectos de ingeniería y construcción, por cuenta propia o ajena, tales como edificios y proyectos inmobiliarios; la compra, venta, enajenación y arriendo bienes raíces o muebles, por cuenta propia o ajena, todo tipo de negocios y proyectos o toda actividad relacionada con lo anterior que acordaren los socios, pudiendo participar en licitaciones públicas y/o privadas, asociarse con terceros, personas naturales y/o jurídicas, nacionales o extranjeras y/o formar sociedades de cualquier naturaleza, celebrar convenios, actos y desarrollar actividades relacionadas del objeto social cualesquiera de sus formas y la importación, exportación, compra, venta y fabricación de productos para ferretería, quincallería y otros similares y demás relacionados directa o indirectamente con el objeto y en cualquier otra actividad relacionada con lo anterior, que los socios acuerden. DOMICILIO: ciudad de Santiago, sin perjuicio que pueda establecer agencias o sucursales en el resto del país o del extranjero.- DURACION: La sociedad regirá desde la fecha del presente instrumento y tendrá una duración de cinco años, contados desde la fecha, renovándose automáticamente por periodos iguales y sucesivos de cinco años, salvo que alguno de los socios, con a los menos seis meses de anticipación al vencimiento respectivo, manifestare su voluntad de poner término a la sociedad, mediante una declaración hecha por escritura pública anotada en el registro de comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, al margen de la inscripción social. CAPITAL: $4.000.000 socios aportan y enteran en este acto en dinero efectivo en la siguiente proporción: a) Marcelo Francisco Hernández Cárdenas, aporta el 70% del haber social, con $2.800.000 en este acto en dinero efectivo, ya ingresados en caja social; y b) Matías Jesús Hernández Sandoval, aporta el 30% del haber social, con $1.200.000 en este acto en dinero efectivo, ya ingresados en caja social. La responsabilidad personal de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes.- Las utilidades o pérdidas que arrojen cada ejercicio se distribuirán entre los socios a prorrata de sus aportes de capital, en la proporción señalada en la cláusula Quinta.- Administración.- El uso de la razón social, la representación y administración de la sociedad, corresponderá a ambos socios, en forma separada e indistinta, quienes actuando en la forma indicada y anteponiendo a su firma la razón social, tendrán la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo al efecto ejecutar todo tipo de actos y celebrar toda clase de contrato o convenciones de cualquier naturaleza que sean.- Otras menciones constan escritura extractada. Santiago, 07 de Agosto de 2023.-