SERVICIOS INTEGRADOS INNOSYS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 21 de julio de 2023
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésimo Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley 19.499.
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público, Titular de la Trigésimo Sexta Notaría de Santiago, con domicilio en calle La Concepción número sesenta y cinco, piso segundo, comuna de Providencia, certifica: por escritura pública de fecha 21-07-2023 Rep.N° 23.897-2023, ante mí, doña Marcela Alejandra Silva Latorre, Libertad N° 1270, departamento 245, Santiago, Paulina Andrea Zala Silva, Pasaje El Durmiente N° 213, comuna de San Bernardo, Vineta Lele, Morandé Nº626, departamento Nº2710, Santiago, y Andreina Karoline Azocar Hernandez, Avenida Grecia Nº3348, Torre A, departamento 1305, Ñuñoa, rectificaron y sanearon “SERVICIOS INTEGRADOS INNOSYS LIMITADA”, inscrita a fojas 23.012 número 12.808 del Registro de Comercio de Santiago de 2017. Rectificaron cláusula segunda de escritura de saneamiento de 22 de mayo de 2018, otorgada en la 7a Notaría de Santiago de doña María Soledad Santos Muñoz, en el sentido que donde dice “INNOSYS LIMITADA”, debe decir “SERVICIOS INTEGRADOS INNOSYS LIMITADA”, y donde dice “con fecha seis de marzo de dos mil dieciocho”, debe decir “con fecha nueve de febrero de dos mil dieciocho”; asimismo, rectificaron la cláusula primera de escritura de cesión de derechos y modificación de 30 de junio de 2021, otorgada en la Trigésimo Octava Notaría de Santiago de doña Maria Soledad Lascar Merino, en el sentido que donde dice “la que figura inscrita a fojas cuarenta y cinco mil trescientos cincuenta y ocho, número veintitrés mil quinientos veinticinco del Registro de Comercio del año dos mil dieciocho del Conservador de Bienes Raíces de Santiago”, debe decir “la que figura inscrita a fojas cuarenta y cinco mil setenta y ocho número veintitrés mil trescientos ochenta y siete del Registro de Comercio del año dos mil dieciocho del Conservador de Bienes Raíces de Santiago”. Finalmente sanean vicio de que adolece la escritura pública de cesión de derechos y modificación de 09 de febrero de 2018, otorgada en la 7a Notaría de Santiago de doña Maria Soledad Santos Muñoz, en relación a la falta de publicación oportuna de su extracto en el Diario Oficial, vicio que se entenderá corregido con la inscripción y la publicación oportunas del presente extracto, de conformidad a lo establecido en la letra b) del artículo tercero de la Ley 19.499. En todo lo no rectificado se mantienen vigentes las demás estipulaciones del pacto social de la Sociedad y sus respectivas modificaciones. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 09 de agosto de 2023.-