Instrumento
- Fecha
- 1 de agosto de 2023
- Repertorio
- 56015-2023
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
La sociedad tiene por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Titular de la 2° Notaría de Santiago, con oficio en calle Alcántara N°107, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, certifico que: Por escritura pública de fecha 01 de agosto de 2023, Repertorio N°56.015-2023, ante Notario Suplente Benjamín Andrés Castillo Montalvo, el Fondo de Inversión FYNSA Renta Fija Privada II constituyó sociedad por acciones de cuyos estatutos extracto: Nombre: “RFP 2 SpA”. Accionistas: Fondo de Inversión FYNSA Renta Fija Privada II. Objeto: La sociedad tiene por objeto: (i) la inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures y demás valores mobiliarios, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, sociedades anónimas, sociedades por acciones, sociedades de responsabilidad limitada, comunidades, asociaciones o fondos; (ii) en toda clase de bienes raíces, el desarrollo de toda clase de actividades inmobiliarias, pudiendo al efecto, actuando por cuenta propia o ajena, comprar, vender, adquirir, enajenar, prometer comprar y vender y dar o tomar en arriendo, con o sin opción de compra, inmuebles habitacionales, industriales, destinados a oficinas u otras, sea que estos se encuentren o no amoblados o con instalaciones. Para la consecución de sus fines, la Sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes, pudiendo incluso constituir o formar parte de otras sociedades, comunidades, patrimonios y personas jurídicas de cualquier clase; (iii) la inversión de sus recursos en toda clase de activos y estructuras de financiamiento inmobiliarios, pudiendo comprar y vender toda clase de bienes inmuebles, y celebrar respecto a tales inmuebles contratos de promesa de compraventa que estén o no caucionados con pólizas de seguro, boleta bancaria u otra clase de cauciones, entregar en arrendamiento con promesa de compraventa o leasing de los inmuebles respectivos; (iv) efectuar toda clase de inversiones, por cuenta propia o ajena, para lo cual podrá adquirir, prometer comprar, vender y/o dar en arrendamiento, con o sin opciones de compra, toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo acciones, derechos sociales, bonos, pagarés, efectos de comercio, letras hipotecarias, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión públicos o privados, documentos del mercado de capitales o financieros, u otros valores mobiliarios o títulos de renta o inversión, en Chile o en el extranjero, pudiendo formar, ingresar y participar en toda clase de sociedades, civiles y comerciales, ya sean colectivas o en comandita, concurriendo como socia comanditaria o gestora en éstas últimas, anónimas, por acciones o de responsabilidad limitada, en compañías de seguro del primer o segundo grupo, cualquiera sea su objeto, así como en toda clase de comunidades, asociaciones y cuentas en participación, cualquiera fuese su naturaleza; (v) la administración y explotación de estas inversiones y la percepción de sus frutos; (vi) la prestación de servicios profesionales, asesorías y consultorías de todo tipo, sean estas financieras, comerciales o inmobiliarias, en toda clase de proyectos o negocios; y (vii) cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente, con los objetos antes señalados, que los accionistas ejecuten o acuerden. Capital: $1.000.000, dividido en 1.000.000 de acciones, ordinarias, nominativas, de una única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, íntegramente suscrito y que deberá ser pagado en el plazo máximo de cinco años contados desde la fecha de constitución de la Sociedad. Las restantes acciones deberán ser suscritas y pagadas en el plazo máximo de cinco años contados desde la fecha de constitución de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 04 de Agosto de 2023.-