CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

MK INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN SpA

CVE 2359760
Capital
$4.000.000 CLP
Fecha instrumento
3 de agosto de 2023
Notaría
Vitacura
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
3 de agosto de 2023
Comuna
Vitacura

Sociedad

Capital
$4.000.000 CLP
Domicilio
ciudad de Santiago
Duración
duración de cinco años, la que se entenderá tácita y sucesivamente renovada por períodos iguales

Objeto social

El objeto de la sociedad será la construcción. Ejecución de proyectos de arquitectura e ingeniería, compraventa y arriendo de bienes muebles e inmuebles, compraventa y arriendo de materiales y maquinarias destinadas a la construcción.

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARISOL ALEJANDRA CORVALÁN GUERRERO, Notario Interino, de la Primera Notaria de Vitacura, con oficio en Avenida Vitacura 6.844 Vitacura, certifico que por escritura de fecha de hoy, ante mí, don KLIM ALBERTO VALENZUELA MARÍN, doña MINERVA PILAR SÁEZ SEGUEL, don AXEL GABRIEL VALENZUELA SÁEZ, y don ASSID IGNACIO VALENZUELA SÁEZ ambos domiciliados en Av. Perú 653, depto. 1602, Recoleta, constituyen “MK INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN SPA” pudiendo además actuar la sociedad con el nombre de “CONSTRUCTORA MK SPA” OBJETO: El objeto de la sociedad será la construcción. Ejecución de proyectos de arquitectura e ingeniería, compraventa y arriendo de bienes muebles e inmuebles, compraventa y arriendo de materiales y maquinarias destinadas a la construcción. - CAPITAL: El capital de la Sociedad es la cantidad de $4.000.000.- encuentra dividido en 4.000 acciones de única serie y sin valor nominal. ADMINISTRACIÓN Y USO DEL NOMBRE DE LA SOCIEDAD: La sociedad será administrada y representada por don Klim Alberto Valenzuela Marín, y doña Minerva Pilar Sáez Seguel, para que actúen en representación y uso del nombre de la sociedad con las más amplias facultades indicadas en la escritura de forma conjunta e indistintamente. DOMICILIO: ciudad de Santiago, sin perjuicio de establecer sucursales dentro o fuera del país. DURACION: duración de cinco años, la que se entenderá tácita y sucesivamente renovada por períodos iguales.- Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 03 de agosto 2023.-