MODIFICACIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

MANUEL MALDONADO OBRAS MENORES EMPRESA INDIVIDUAL DE REPONSABILIDAD LIMITADA

RUT 76269903-6 CVE 2359608
Capital
$2.000.000 CLP
Notaría
Pública

Instrumento

Comuna
Pública

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP
Ley aplicable
Ley 19.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PAULA NICOLE FALCÓN CARTES, Abogada, Notaria Pública, Titular de la Novena Notaría de Temuco, con oficio en Avenida Alemania número cero trescientos veinte de la comuna de Temuco, certifica: Por escritura Pública otorgada con fecha siete de Agosto de dos mil veintitrés, repertorio quince guion dos mil veintitrés, ante mí, don MANUEL ISAIAS MALDONADO MONTECINOS, cédula nacional de identidad número catorce millones doscientos noventa y nueve mil ochocientos sesenta y tres guion siete, de cuarenta y siete años de edad, chileno, casado y separado totalmente de bienes, empleado, domiciliado en calle Río Correntoso número mil novecientos ochenta, comuna de Temuco, saneó vicios de nulidad respecto, de la constitución de la empresa MANUEL MALDONADO OBRAS MENORES EMPRESA INDIVIDUAL DE REPONSABILIDAD LIMITADA, rol único tributario número 76.269.903-6, inscrita a fojas novecientos ochenta y cuatro F número setecientos setenta y seis, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año dos mil trece, constituida por escritura pública de fecha ocho de abril del año dos mil trece, otorgada en la Notaría de Temuco, ante don Juan Antonio Loyola Opazo. El capital de la empresa corresponde a la suma de $2.000.000. SANEAMIENTO DE ESTATUTOS, De conformidad a la Ley 19.499, se sanea y modifica el nombre de la empresa y objeto o giro, cláusulas tercero y quinta del estatuto de la empresa: El nombre actual es: “MANUEL MALDONADO OBRAS MENORES EMPRESA INDIVIDUAL DE REPONSABILIDAD LIMITADA”, y lo sanea y modifica quedando como: “TERCERO: El nombre de la empresa será el siguiente: “MANUEL MALDONADO SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN DE OBRAS MENORES EMPRESA INDIVIDUAL DE REPONSABILIDAD LIMITADA”, sin perjuicio de poder funcionar y actuar además ante toda persona natural o jurídica con el nombre de fantasía, “TRES & EM E.I.R.L”; y DOS) En lo relativo al objeto o giro de la empresa, que dice: “QUINTO: El objeto o giro de la empresa será: a) Ejecución por cuenta propia o ajena de construcciones de obras menores y mayores; b) La ejecución, construcción y mantenimiento de toda clase de obras civiles, de ingeniería, montaje e instalaciones eléctricas, construcción de estructuras metálicas como contratista o subcontratista; c) La importación, exportación, representación y comercialización de cualquier clase de productos, bienes o servicios relacionados con la actividad de la construcción y obras de Ingeniería y de montaje; d) servicios de lavado de vehículos; limpieza de vidrios y aseo en general; y e) Cualquier otra actividad que se relacione en la actualidad o en el futuro con todo lo dicho u otro acto afín que se relacione directa o indirectamente con las actividades mencionadas precedentemente.-” lo sanea y modifica por el siguiente: “QUINTO: El objeto o giro de la empresa será: a) Ejecución por cuenta propia o ajena de construcciones de obras menores y mayores; b) La ejecución, construcción y mantenimiento de toda clase de obras civiles, de ingeniería, montaje e instalaciones eléctricas, construcción de estructuras metálicas como contratista o subcontratista; c) La importación, exportación, representación y comercialización de cualquier clase de productos, bienes o servicios relacionados con la actividad de la construcción y obras de Ingeniería y de montaje; y d) Cualquier otra actividad que se relacione en la actualidad o en el futuro con todo lo dicho u otro acto afín que se relacione directamente con las actividades mencionadas precedentemente.-” En todo lo no modificado, se mantienen íntegramente vigentes los estatutos sociales, especialmente la estipulación relativa a que el constituyente limita su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, ocho de agosto del dos mil veintitrés.-