CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASESORÍAS JURÍDICAS SANTA CECILIA LIMITADA

CVE 2359905
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
3 de agosto de 2023
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
3 de agosto de 2023
Notario
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
38° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Cinco años contados desde la fecha de la presente escritura pública y se entenderá prorrogada automática y sucesivamente por períodos de dos años, a menos que alguno de los socios manifestare su intención de ponerle término al vencimiento del plazo original o su prórroga, en su caso, mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de noventa días a la fecha en que debiere terminar la sociedad

Objeto social

El objeto de la sociedad será la prestación de servicios profesionales de asesoría en materia jurídica

Administración

La administración, representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá única y exclusivamente a don FRANCISCO JOSÉ CRUZ FUENZALIDA, con facultades señaladas en el artículo sexto del estatuto social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38° Notaría de Santiago, Miraflores 178, 5° piso, Santiago, certifico: Por escritura de fecha 3 de Agosto de 2023, ante mí, don FRANCISCO JOSÉ CRUZ FUENZALIDA, domiciliado en Avenida Vespucio Norte Nº 568, departamento 802, comuna de Las Condes, Región Metropolitana y doña VIVIANA CECILIA MUÑOZ KINDERMANN, domiciliada en calle Nicaragua Nº 2.168, departamento 3, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, constituyeron la siguiente sociedad de profesionales de responsabilidad limitada. RAZON SOCIAL: “ASESORÍAS JURÍDICAS SANTA CECILIA LIMITADA”. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio que la sociedad pueda establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. DURACION: Cinco años contados desde la fecha de la presente escritura pública y se entenderá prorrogada automática y sucesivamente por períodos de dos años, a menos que alguno de los socios manifestare su intención de ponerle término al vencimiento del plazo original o su prórroga, en su caso, mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de noventa días a la fecha en que debiere terminar la sociedad. OBJETO: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios profesionales de asesoría en materia jurídica. CAPITAL: $1.000.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) Don Francisco José Cruz Fuenzalida, aporta la suma de $990.000, equivalentes al 99% del capital social, los que pagó íntegramente en el acto de constitución, al contado y en dinero efectivo, ingresándolos a la caja social; y b) Doña Viviana Cecilia Muñoz Kindermann, aporta la suma de $10.000, equivalentes al 1% del capital social, los que pagó íntegramente en el acto de constitución, al contado y en dinero efectivo, ingresándolos a la caja social. La responsabilidad de los socios por las obligaciones sociales queda limitada al monto de sus respectivos aportes en la sociedad. ADMINISTRACIÓN: La administración, representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá única y exclusivamente a don FRANCISCO JOSÉ CRUZ FUENZALIDA, con facultades señaladas en el artículo sexto del estatuto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 8 de Agosto de 2023.