ASESORÍAS JURÍDICAS SANTA CECILIA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 3 de agosto de 2023
- Notario
- MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Cinco años contados desde la fecha de la presente escritura pública y se entenderá prorrogada automática y sucesivamente por períodos de dos años, a menos que alguno de los socios manifestare su intención de ponerle término al vencimiento del plazo original o su prórroga, en su caso, mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de noventa días a la fecha en que debiere terminar la sociedad
Objeto social
El objeto de la sociedad será la prestación de servicios profesionales de asesoría en materia jurídica
Administración
La administración, representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá única y exclusivamente a don FRANCISCO JOSÉ CRUZ FUENZALIDA, con facultades señaladas en el artículo sexto del estatuto social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38° Notaría de Santiago, Miraflores 178, 5° piso, Santiago, certifico: Por escritura de fecha 3 de Agosto de 2023, ante mí, don FRANCISCO JOSÉ CRUZ FUENZALIDA, domiciliado en Avenida Vespucio Norte Nº 568, departamento 802, comuna de Las Condes, Región Metropolitana y doña VIVIANA CECILIA MUÑOZ KINDERMANN, domiciliada en calle Nicaragua Nº 2.168, departamento 3, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, constituyeron la siguiente sociedad de profesionales de responsabilidad limitada. RAZON SOCIAL: “ASESORÍAS JURÍDICAS SANTA CECILIA LIMITADA”. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio que la sociedad pueda establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. DURACION: Cinco años contados desde la fecha de la presente escritura pública y se entenderá prorrogada automática y sucesivamente por períodos de dos años, a menos que alguno de los socios manifestare su intención de ponerle término al vencimiento del plazo original o su prórroga, en su caso, mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de noventa días a la fecha en que debiere terminar la sociedad. OBJETO: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios profesionales de asesoría en materia jurídica. CAPITAL: $1.000.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) Don Francisco José Cruz Fuenzalida, aporta la suma de $990.000, equivalentes al 99% del capital social, los que pagó íntegramente en el acto de constitución, al contado y en dinero efectivo, ingresándolos a la caja social; y b) Doña Viviana Cecilia Muñoz Kindermann, aporta la suma de $10.000, equivalentes al 1% del capital social, los que pagó íntegramente en el acto de constitución, al contado y en dinero efectivo, ingresándolos a la caja social. La responsabilidad de los socios por las obligaciones sociales queda limitada al monto de sus respectivos aportes en la sociedad. ADMINISTRACIÓN: La administración, representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá única y exclusivamente a don FRANCISCO JOSÉ CRUZ FUENZALIDA, con facultades señaladas en el artículo sexto del estatuto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 8 de Agosto de 2023.