SOCIEDAD FERRETERA MORA FUENTEALBA HERMANOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de junio de 2023
- Notario
- LUIS EDUARDO SOLAR BACH
- Oficio
- Primera Notaría de Chillán
- Comuna
- Chillán
Sociedad
- Capital
- $300.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS EDUARDO SOLAR BACH, Notario Público Titular de la Primera Notaría de Chillán, con oficio en calle El Roble número quinientos cincuenta y uno, certifico: Por escritura pública 28-06-2023 ante mí: don Héctor Manuel Mora Fuentealba, domiciliado en Villa Campos de Doña Beatriz, calle Ganaderos N° 624, ciudad de Chillán; don Mauricio Jorge Mora Fuentealba, domiciliado en calle Independencia N° 260, casa C, ciudad de Chillán; doña Patricia Eliana Castro Catril, domiciliada en calle Purén N° 530, ciudad de Chillán; doña Lorena Patricia Mora Castro, domiciliada en calle Purén N° 530, ciudad de Chillán; don Diego Marcelo Mora Castro, domiciliado en calle 18 de Septiembre N° 860 B, ciudad de Chillán; doña Carla Andrea Mora Castro, domiciliada en calle Purén N° 530, ciudad de Chillán; y don Luis Eduardo Mora Castro, domiciliado en La Estancia N° 1927, Barrio El Tranque, sector Quilamapu, ciudad de Chillán; actualizaron y modificaron la “SOCIEDAD FERRETERA MORA FUENTEALBA HERMANOS LIMITADA”, inscrita a fojas 118 vuelta N° 138 en el Registro de Comercio de Chillán del año 2010. El capital estatutario de la sociedad “SOCIEDAD FERRETERA MORA FUENTEALBA HERMANOS LIMITADA” es la cantidad de $300.000.000.- y su Rol Único Tributario es el N° 76.091.462-2. Actualización y modificaciones consisten: (UNO) Los derechos del socio fallecido don Luis Hermes Mora Fuentealba, ascendentes a 1/3 del capital, derechos y haberes de la sociedad se transmitieron a su sucesión conformada por doña Patricia Eliana Castro Catril, doña Lorena Patricia Mora Castro, don Diego Marcelo Mora Castro, doña Carla Andrea Mora Castro y don Luis Eduardo Mora Castro. En liquidación parcial de la comunidad hereditaria quedada al fallecimiento de don Luis Hermes Mora Fuentealba, sus herederos se adjudicaron derechos en el capital, derechos y haberes de la referida sociedad, en la siguiente proporción respecto del total del capital social: 1/9% para doña Patricia Eliana Castro Catril, 1/18% para doña Lorena Patricia Mora Castro, 1/18% para don Diego Marcelo Mora Castro, 1/18% para doña Carla Andrea Mora Castro y 1/18% para don Luis Eduardo Mora Castro. (DOS) Se modifica la cláusula quinta del pacto social referente al capital social, reemplazándola por la siguiente: “El capital estatutario de la sociedad es la cantidad de $300.000.000.- el cual ha sido aportado y pagado en la proporción de un 1/3 por don Héctor Manuel Mora Fuentealba, 1/3 por don Mauricio Jorge Mora Fuentealba, 1/9 por doña Patricia Eliana Castro Catril, 1/18 por doña Lorena Patricia Mora Castro, 1/18 por don Diego Marcelo Mora Castro, 1/18 por doña Carla Andrea Mora Castro y 1/18 por don Luis Eduardo Mora Castro.”.- Demás estipulaciones constan escritura extractada. Chillán, agosto 7 de 2023.-