Sociedad de Inversiones e Inmobiliaria Sintra Limitada
Instrumento
- Fecha
- 21 de julio de 2023
- Notario
- María Soledad Lascar Merino
- Oficio
- Trigésimo Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Soledad Lascar Merino, Abogada, Notario Público, Titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago, con domicilio en calle Miraflores N ° 178, piso 5, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 21 de julio de 2023 ante mí, don Luis Antonio Belisario Velasco Baraona, don Felipe Belisario Velasco Silva, doña Christiane De Beauffort Cordes, todos domiciliados para estos efectos en Los Conquistadores N°1700, piso nueve, comuna de Providencia, Región Metropolitana, en su calidad de únicos y actuales socios de Sociedad de Inversiones e Inmobiliaria Sintra LIMITADA, inscrita a fojas 2.173, número 1.793 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2001 (la “Sociedad”), acordaron lo siguiente: Uno) don Luis Antonio Belisario Velasco Baraona vendió, cedió y transfirió la totalidad de sus derechos sociales en la Sociedad a don Felipe Belisario Velasco Silva. El precio de la cesión ascendió a la suma única y total de $1.400.000. Dos) Producto de lo anterior, don Luis Antonio Belisario Velasco Baraona se retiró de la Sociedad como socio e ingresó como tal don Felipe Belisario Velasco Silva. Tres) Con el objeto de dar cuenta de lo anterior se sustituyó el artículo quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo quinto: el capital de la sociedad es la cantidad de un millón de pesos, íntegramente aportado y enterado, correspondiente a los socios en las siguientes proporciones: A) Don Felipe Belisario Velasco Silva con un uno por ciento del capital, equivalente a la suma de diez mil pesos, debidamente pagados e ingresados a la caja social; y, B) doña Christiane de Beauffort Cordes con un noventa y nueve por ciento del capital, equivalente a la suma de novecientos noventa mil pesos; debidamente pagados e ingresados a la caja social.”. En todo lo no modificado, se mantienen vigentes las demás estipulaciones de los estatutos de la Sociedad, en especial lo relativo a que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Se facultó al portador de copia autorizada de este extracto para la legalización. Santiago, 03 de Agosto de 2023.