Instrumento
- Fecha
- 3 de agosto de 2023
- Notario
- JORGE CARVALLO VELASCO
- Oficio
- Segunda Notaría de Santa Cruz
- Comuna
- Santa
Sociedad
- Capital
- $40.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE CARVALLO VELASCO, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santa Cruz, con oficio en calle Claudio Cancino número sesenta, pasaje Marcel; Certifica: Por escritura pública, hoy ante mí, Gladys del Carmen Ojeda Carreño, cédula nacional de identidad número diez millones diecisiete mil trescientos noventa y seis guión cuatro, domiciliada en Aníbal Pinto 03, Palmilla y Eduardo Patricio Diaz Labbé, cédula nacional de identidad número diez millones quinientos cincuenta y tres mil doscientos cuarenta y cinco guión ocho, domiciliado en Patricio Linch n° 22, Palmilla; ambos de paso en ésta ciudad; vienen en este acto en constituir la Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada EG & COMPAÑIA LIMITADA, pudiendo funcionar con nombre de fantasía “EG & Cía. LTDA.” cuyo objeto será a) La realización de inversiones pasivas en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades, debentures, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión; b) La participación como inversionista en toda clase de negocios o empresas o el desarrollo de los mismos por cuenta propia o en asociación con terceros con fines rentísticos; c) en general, la ejecución de todos los actos y celebración de todos los contratos que los socios estimen conducentes al fin social. La sociedad será administrada por don EDUARDO DIAZ LABBE y GLADYS OJEDA CARREÑO, quienes podrán actuar conjunta o separadamente, con las más amplias facultades de administración y disposición, con la única limitación que deberán actuar conjuntamente para la celebración de actos o contratos que impliquen la venta de toda clase de bienes sociales, muebles e inmuebles, sean estos corporales o incorporales. El capital social, según se establece en el artículo quinto del presente estatuto, es de $40.000.000, de los cuales se suscribe la totalidad en este acto, a razón de $20.000.000.- que aporta cada uno de los socios, al contado. Su duración será indefinida. El domicilio de la sociedad será la ciudad de Palmilla, Región de O`Higgins. Demás estipulaciones en escritura social. Santa Cruz, 03 de agosto del año 2023.