CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

AN MALIK CARGO SpA

RUT 16770483-2 CVE 2359438
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
26 de julio de 2023
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
26 de julio de 2023
Repertorio
2825
Notario
RODRIGO FERNANDO LAZCANO ARRIAGADA
Domicilio
esta Comuna

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP
Domicilio
Su domicilio será la ciudad de Arica
Duración
Indefinida

Administración

La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don SHAFIQ MALIK VELIZ RUIZ, a fin de que, represente y administre la sociedad y use su razón social, con las facultades señaladas en el artículo noveno de la escritura social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO FERNANDO LAZCANO ARRIAGADA, Abogado, Notario Público Titular de esta Comuna, oficio Arica, Bolognesi Nº 360, certifico: Por escritura fecha 26 de julio de 2023, Repertorio Nº 2.825, ante mí, 1) doña PAULINA MACARENA ESPINOSA CORDERO, chilena, soltera, secretaria, C.I. 16.770.483-2, Arica, Teniente Vidal Nº 2296, Población Pampa Nueva; y, 2) don SHAFIQ MALIK VELIZ RUIZ, peruano, soltero, estudiante universitario de ingeniería comercial, Pasaporte Nº 122180441 República del Perú, Rut Nº 48.224.754-7, Arica, Juan Antonio Ríos Nº 699, Población Rancagua, constituyen una sociedad por acciones que se regirá por los artículos 424 a 446 del Código de Comercio, y supletoriamente y sólo en aquello que no se contraponga con su naturaleza, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas. NOMBRE: La sociedad se denomina “AN MALIK CARGO SpA”. DOMICILIO: Su domicilio será la ciudad de Arica, sin perjuicio de poder constituir agencias, oficinas y representaciones en otros lugares del país o del extranjero, y de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados. DURACIÓN: La sociedad rige desde fecha constitución sociedad y tendrá una duración Indefinida. OBJETO a) el transporte por vía terrestre de todo tipo de carga, de todo tipo de bienes, por cuenta propia o ajena, dentro del territorio nacional como también hacia el extranjero, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros, vehículos que la sociedad disponga a cualquier título; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; la compraventa de móviles nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás, así como la prestación de servicio de transportes relacionados directamente o indirectamente con lo anterior, sea en las actividades agrícolas, ganaderas, frutícolas, forestales, de la construcción, mineras, de comercio, industriales y en general, todo otro que acuerden los socios, sin limitación alguna. Asimismo, el transporte de carga, el carguío y/o estiba de toda clase de bienes muebles y maquinaria pesada nacional o extranjera, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros, la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje, importación, venta, comercialización y distribución de toda clase de móviles nuevos o usados, repuestos, motores, piezas, partes, maquinarias o equipos destinados al transporte para uso propio o ajeno o su comercialización, de accesorios y demás tanto en Zona Franca, como Zona Franca de Extensión, y/o resto del país y extranjero, la representación de todo tipo de productos y/o empresas que digan relación con el transporte, carga y estiba, y en general, todo lo relacionado, de cualquier forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso. La empresa podrá en general realizar cualquier actividad que esté relacionada con su objeto y que el constituyente decida y la realización de todos aquellos negocios que la empresa determine; arriendo de estacionamientos y bodegas de almacenajes; todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado, estacionamiento, bodegas y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras; y en general, cualquier otra actividad que los socios unánimemente acuerden desarrollar. Para el cumplimiento del objeto social, la Sociedad podrá realizar cualquier negocio relacionado directamente con ésta. La Sociedad podrá, asimismo, constituir, adquirir o integrar como asociada o en cualquier otra forma, empresas, sociedades o asociaciones e instituciones de cualquier especie, tanto en Chile como en el extranjero y que persigan fines que se relacionen directamente con su propio giro; realizar todos los actos, celebrar todos los contratos y contraer toda clase de obligaciones convenientes o necesarias para el cumplimiento de sus fines. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $10.000.000, dividido en 1000 acciones nominativas y sin valor nominal, que suscribe y pagan en este acto y de la siguiente forma: doña PAULINA MACARENA ESPINOSA CORDERO, con 700 acciones, equivalente a $7.000.000 y don SHAFIQ MALIK VELIZ RUIZ, con 300 acciones, equivalente a $3.000.000, ambos accionistas constituyentes, se deja presenta que las acciones son de clase o serie única. ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don SHAFIQ MALIK VELIZ RUIZ, a fin de que, represente y administre la sociedad y use su razón social, con las facultades señaladas en el artículo noveno de la escritura social.- Otras estipulaciones en escritura extractada. Arica, 8 de agosto de 2023.