CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SALUD MANQUEHUE LIMITADA

CVE 2358280
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
13 de julio de 2023
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
13 de julio de 2023
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
5 años desde fecha escritura extractada, prorrogable automáticamente períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto exclusivo la prestación de trabajos y asesorías profesionales y consultoría en materias relativas al área de la salud tanto en el estudio, instalación y funcionamiento de centros de desarrollo psicológico integrales y de servicios médicos profesionales y de salud en todas sus especialidades, por cuenta propia y ajena, y de otros establecimientos asistenciales, como clínicas psiquiátricas y de otras especialidades; en la atención de pacientes internos, externos y de terceros de estos establecimientos; en la administración y dirección económica, técnica y médica de establecimientos relacionados con los servicios médicos prestados y en especial con servicios de psicología, psiquiatría, farmacología, psicopedagogía y asistencia social; en la prestación de servicios médicos profesionales de salud en todas sus especialidades, y en la atención médica a pacientes, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, servicios de bienestar, o de organismos del sector público, municipal o privado; en la prestación de cursos, charlas, exposiciones, simposios, seminarios y otros medios de divulgación, capacitación y especialización científica; en la realización de publicaciones, investigaciones, intercambios y experiencias de todo lo expresado; y en general, en la realización de toda otra actividad que los socios acuerden, relacionada en forma directa o indirecta con los objetos indicados. Dichas prestaciones profesionales serán realizadas por la Sociedad por medio de sus socios, asociados, dependientes y, en general, terceros subcontratados que tengan un giro afín con estas prestaciones, sean estos relacionados o no con la Sociedad. Esta Sociedad actuará como sociedad de profesionales para todos los efectos legales a que haya lugar

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Titular de la 2° Notaría de Santiago, con oficio en calle Alcántara N°107, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, certifico que: Por escritura pública de fecha 13 de julio de 2023, Rep. N°51.411-2023, ante Notario Suplente Benjamín Andrés Castillo Montalvo, doña Jimena González Ramírez, Andrea Serrat Horvath y Gregorio Valenzuela Gambi, todos domiciliados en Tabancura, Nº1515, Oficina 341, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, cuyos estatutos se extracta: Razón Social: SALUD MANQUEHUE LIMITADA. Domicilio: Santiago. Objeto: La sociedad tendrá por objeto exclusivo la prestación de trabajos y asesorías profesionales y consultoría en materias relativas al área de la salud tanto en el estudio, instalación y funcionamiento de centros de desarrollo psicológico integrales y de servicios médicos profesionales y de salud en todas sus especialidades, por cuenta propia y ajena, y de otros establecimientos asistenciales, como clínicas psiquiátricas y de otras especialidades; en la atención de pacientes internos, externos y de terceros de estos establecimientos; en la administración y dirección económica, técnica y médica de establecimientos relacionados con los servicios médicos prestados y en especial con servicios de psicología, psiquiatría, farmacología, psicopedagogía y asistencia social; en la prestación de servicios médicos profesionales de salud en todas sus especialidades, y en la atención médica a pacientes, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, servicios de bienestar, o de organismos del sector público, municipal o privado; en la prestación de cursos, charlas, exposiciones, simposios, seminarios y otros medios de divulgación, capacitación y especialización científica; en la realización de publicaciones, investigaciones, intercambios y experiencias de todo lo expresado; y en general, en la realización de toda otra actividad que los socios acuerden, relacionada en forma directa o indirecta con los objetos indicados. Dichas prestaciones profesionales serán realizadas por la Sociedad por medio de sus socios, asociados, dependientes y, en general, terceros subcontratados que tengan un giro afín con estas prestaciones, sean estos relacionados o no con la Sociedad. Esta Sociedad actuará como sociedad de profesionales para todos los efectos legales a que haya lugar. Capital: El capital de la sociedad será la cantidad de 10.000.000 pesos que los socios aportarán, en dinero en efectivo de la siguiente manera: a) doña Jimena González Ramírez aportará la cantidad de 3.400.000 pesos, equivalentes a un 34%% del capital e interés social; b) doña Andrea Serrat Horvath aporta la cantidad de 3.300.000 pesos, equivalentes a un 33%% del capital e interés social; y c) don Gregorio Valenzuela Gambi aporta la cantidad de 3.300.000 pesos, equivalentes a un 33%% del capital e interés social; aportes que se efectuarán dentro del plazo de 2 años a contar de la fecha escritura extractada. Administración y Uso Razón Social: La administración y representación de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a los socios i) doña Jimena González Ramírez, ii) doña Andrea Serrat Horvath, y iii) don Gregorio Valenzuela Gambi, quienes anteponiendo su firma a la razón social, podrán representar a la sociedad en todos los actos con las más amplias facultades que se indican en la escritura extractada, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos respecto de operaciones que individualmente consideradas no excedan la suma de 200 unidades de fomento. Podrán ejercer todas y cada una de las facultades que se indican en la escritura extractada, respecto de operaciones que individualmente consideradas que excedan la suma de 200 unidades de fomento, actuando conjuntamente doña Jimena González Ramírez y uno cualquiera de los administradores doña Andrea Serrat Horvath o don Gregorio Valenzuela Gambi. Duración: 5 años desde fecha escritura extractada, prorrogable automáticamente períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 04 de Agosto de 2023.-