Instrumento
- Fecha
- 2 de agosto de 2023
- Repertorio
- 0445/2023
- Notario
- LORENA JOSEFINA RIVERA MANCILLA
- Domicilio
- Conservador de Minas y Archivero Judicial
- Comuna
- Buin
Sociedad
- Ley aplicable
- ley 18.046
Objeto social
Capital: dos millones de pesos, dividido en dos mil acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y valor nominal, que en este acto se suscriben y pagan de la siguiente forma: a) suscribe y paga en este acto don ROLANDO PEREZ OPAZO, dos mil acciones, por un valor de dos millones de pesos, ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal ni preferencias de ninguna especie. Los títulos de las acciones no requerirán ser emitidos en láminas físicas. La sociedad podrá en todos los casos poseer acciones de su propia emisión;
Administración
La administración corresponderá a don ROLANDO PEREZ OPAZO, chileno, soltero, empresario, cédula de identidad número catorce millones doscientos sesenta y cuatro mil seiscientos cuarenta y ocho guión K; La duración de la sociedad será indefinida, Utilidades y eventuales pérdidas se distribuirán en partes iguales. El domicilio de la sociedad será la ciudad y comuna de Buin, sin perjuicio de las agencias o sucursales que establecieren en otros lugares del país o del extranjero
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLORENA JOSEFINA RIVERA MANCILLA, Abogado, Notario Público, Conservador de Minas y Archivero Judicial, Suplente de la Titular de la Segunda Notaría de Buin, doña MYRIAM ESCOBAR DIAZ, con oficio en calle Balmaceda Nº 316, Buin. CERTIFICO: Escritura Pública ante mí, 2 de Agosto de 2023, Repertorio Nº 0445/2023, don ROLANDO PEREZ OPAZO, chileno, soltero, empresario, cédula de identidad número catorce millones doscientos sesenta y cuatro mil seiscientos cuarenta y ocho guión K, domiciliado en calle Francisco Javier Krugger número mil seiscientos sesenta y cinco, comuna de Buin, Región de Metropolitana, constituyó sociedad por acciones "RED TROUT SpA", que se regirá por su estatuto y por disposiciones pertinentes contenidas en artículos 424 y siguientes del Código de Comercio y normas de la ley 18.046 y ley 20.190: El objeto de la sociedad será: a) venta al por mayor de frutas y verduras; b) la elaboración y conservación de frutas, legumbres y hortalizas; c) realización de todo tipo de operaciones de comercio exterior, pudiendo exportar e importar toda clase de bienes y servicios, corporales e incorporales; d) la compra, venta, corretaje y exportación de productos agrícolas; e) la ejecución de actividades agrícolas y agroindustriales; f) la prestación de servicios agrícolas, de embalaje, packing, servicios de exportación y comercio internacional; y en general, formar o tener parte de otras sociedades cuyos giro se relacione con el propuesto o coadyuve a su realización, así como la ejecución de todos los actos y contratos que fueran necesarios y que tengan relación directa o indirecta con el cumplimiento de su objeto social. Capital: dos millones de pesos, dividido en dos mil acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y valor nominal, que en este acto se suscriben y pagan de la siguiente forma: a) suscribe y paga en este acto don ROLANDO PEREZ OPAZO, dos mil acciones, por un valor de dos millones de pesos, ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal ni preferencias de ninguna especie. Los títulos de las acciones no requerirán ser emitidos en láminas físicas. La sociedad podrá en todos los casos poseer acciones de su propia emisión; Administración: La administración corresponderá a don ROLANDO PEREZ OPAZO, chileno, soltero, empresario, cédula de identidad número catorce millones doscientos sesenta y cuatro mil seiscientos cuarenta y ocho guión K; La duración de la sociedad será indefinida, Utilidades y eventuales pérdidas se distribuirán en partes iguales. El domicilio de la sociedad será la ciudad y comuna de Buin, sin perjuicio de las agencias o sucursales que establecieren en otros lugares del país o del extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura extractada, todo de acuerdo al artículo 427 del Código de Comercio. BUIN, 02 DE AGOSTO DE 2023.