MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIÓN ARGAMASA LIMITADA

RUT 76386970-9 CVE 2358057
Capital
$2.000 CLP
Fecha instrumento
24 de abril de 2023

Instrumento

Fecha
24 de abril de 2023
Repertorio
349-2023

Sociedad

Capital
$2.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PAULA ANDREA IRENE OTAROLA GANA, abogado, Notario Suplente de la titular Gilda Elizabeth Miranda Córdova, con oficio en Panamericana Norte número dieciséis mil novecientos cincuenta, comuna de Lampa, certifico: Que, por escritura pública de fecha 24 abril 2023 ,ante mí, Repertorio N° 349-2023, comparecieron: MANUEL JOSÉ MARTÍN RODRÍGUEZ, cédula de identidad N°8.102. 610-6 domicilio María Angélica Fernández N° 1.519, comuna de Lo Barnechea; CARLOS SECUNDINO RODRÍGUEZ BRUNA, cédula de identidad N° 11.852.190-0, domicilio calle Cazadores N° 19, Villa Municipal, comuna de Quilicura y; JUAN PABLO ORDOÑEZ QUINTANA, cédula de identidad N° 13.444.669-2, domicilio en Pasaje Papudo N° 894, Valle Grande, comuna de Lampa, Provincia de Chacabuco, todos Región Metropolitana, modificaron sociedad de “ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIÓN ARGAMASA LIMITADA”, constituida el 18 octubre de 2005,ante el Notario Público Sergio Jara Catalán, extracto inscrito a fojas 39.080 N° 27.790 del Registro de Comercio de Santiago año 2005, publicada en el Diario Oficial de fecha 29 octubre 2005. Modificación consiste: A) SEGUNDO: MANUEL JOSÉ MARTÍN RODRÍGUEZ vende, cede y transfiere a JUAN PABLO ORDOÑEZ QUINTANA, el 3% de derechos en la sociedad, precio $60.000 pagados en este acto a entera satisfacción del cedente, y a don CARLOS SECUNDINO RODRÍGUEZ BRUNA el 47% de derechos en la sociedad, precio $1.940.000 pagados en este acto a entera satisfacción del cedente. Quedan como socios: CARLOS SECUNDINO RODRÍGUEZ BRUNA, con un 97% de los derechos sociales y; JUAN PABLO ORDOÑEZ QUINTANA, con 3% de los derechos sociales. B) Los socios modifican el artículo 4º del estatuto social: “El capital de la sociedad es la suma de $2.000.000 de pesos que los socios enteran y pagan, en la siguiente forma y proporción: a) Carlos Secundino Rodríguez Bruna, con la cantidad de $1.940.000, equivalentes al 97% del capital social; b) Juan Pablo Ordoñez Quintana, con la cantidad de $60.000, equivalentes al 3% del capital social.” C) los socios modifican artículo 3º del estatuto social, pactando: “La administración y uso de la razón social corresponderá conjunta o separadamente a los socios, señores Carlos Secundino Rodríguez Bruna y Juan Pablo Ordoñez Quintana o a la o las personas que de común acuerdo designen los socios. La forma de representación y facultades expresadas en la cláusula 3º del estatuto social no se modifican, manteniéndose vigentes”. En todo lo no modificado rige vigente el pacto social. demás estipulaciones, escritura pública extractada. 25 abril 2023.