CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ACUÑA, RIVERO Y COMPAÑIA LIMITADA

CVE 2358141
Capital
$16.080.610 CLP
Notaría
Rancagua
Duración
Definida

Instrumento

Notario
BENEDICTA ISABEL HURTADO HERNANDEZ
Oficio
Octava Notaría de Rancagua
Comuna
Rancagua

Sociedad

Capital
$16.080.610 CLP
Domicilio
ciudad de Coltauco, comuna de Coltauco, Región del Libertador Bernardo O´higgins
Duración
La sociedad se constituye por el plazo de 5 años a contar de la fecha de la presente escritura, éste plazo se entenderá prorrogado tácita y sucesivamente por períodos iguales de cinco años cada uno. Limitación de Responsabilidad: La

Objeto social

la proyección, desarrollo, instalación y explotación de centros turísticos, posadas, hoteles, campings, restaurantes, y otros afines; efectuar inversiones por si sola o con otras compañías, para desarrollar proyectos relacionados con actividades turísticas, recreativas y deportivas; y percibir los frutos y rentas de esas inversiones. Para estos efectos, podrá celebrar actos y contratos de toda clase que sean necesarios para la realización de sus fines

Administración

La administración, la representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don CARLOS ENRIQUE ACUÑA PARDO

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

BENEDICTA ISABEL HURTADO HERNANDEZ, Notario Público Interino, de la Octava Notaría de Rancagua, con asiento en la comuna de Doñihue, calle Emilio Cuevas 328, certifica: Por escritura hoy, ante mí, Don CARLOS ENRIQUE ACUÑA PARDO, chileno, empresario, casado, cedula nacional de identidad siete millones seiscientos cincuenta y cinco mil setecientos cuarenta guion tres, y doña EDITH DEL CARMEN RIVERO FIGUEROA, chilena, jubilada, casada y actuando con su patrimonio reservado conforme al artículo ciento cincuenta del Código Civil, conforme se acreditara al final, cedula nacional de identidad número ocho millones ciento sesenta y siete mil veinticuatro guion dos, ambos con domicilio en Carretera H guion treinta , Lote Dos, Sector Parral, Comuna de Coltauco, Región del Libertador Bernardo O´higgins, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, de cuyos estatutos extracto: Razón Social: “ACUÑA, RIVERO Y COMPAÑIA LIMITADA”, sin perjuicio de poder usar la abreviación “PARCELA TIERRA FERTIL LTDA.”. Administración: La administración, la representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don CARLOS ENRIQUE ACUÑA PARDO. Capital: $16.080.610, aportado en la siguiente forma: A) El socio CARLOS ENRIQUE ACUÑA PARDO aporta la suma de $12.390.110 pesos, aportando bienes raíces conforme se indica: 1. Rol de Avalúo Fiscal número 100-50, comuna de Coltauco, inscrito a fojas 4106 vuelta número 4321 en el Registro de Propiedad del año dos mil veintidós 2022, del Conservador de Bienes Raíces de Doñihue. 2. Rol de Avalúo Fiscal número 100-49, comuna de Coltauco, inscrita a fojas 4115 numero 4335 del Registro de Propiedad del año 2022, del Conservador de Bienes Raíces de Doñihue. 3. Rol de Avalúo Fiscal número 100-12, comuna de Coltauco inscrita a fojas 2010 vuelta número 2426 del Registro de Propiedad del año 2023, del Conservador de Bienes Raíces de Doñihue. Para efectos de la valorización de los inmuebles singularizados anteriormente, los socios avalúan de común acuerdo los bienes raíces como sigue: a) en el caso del inmueble singularizado en el punto 1 los socios lo valoran de común acuerdo por este acto en la suma de $2.636.770; b) en el caso del inmueble singularizado en el punto 2 los socios lo valoran de común acuerdo por este acto en la suma de $1.569.510; y c) en el caso del inmueble singularizado en el punto 3 los socios lo valoran de común acuerdo por este acto en la suma de $8.183.830; y b) El socio EDITH DEL CARMEN RIVERO FIGUEROA aporta la suma de $3.690.500. Objeto: la proyección, desarrollo, instalación y explotación de centros turísticos, posadas, hoteles, campings, restaurantes, y otros afines; efectuar inversiones por si sola o con otras compañías, para desarrollar proyectos relacionados con actividades turísticas, recreativas y deportivas; y percibir los frutos y rentas de esas inversiones. Para estos efectos, podrá celebrar actos y contratos de toda clase que sean necesarios para la realización de sus fines. Duración: La sociedad se constituye por el plazo de 5 años a contar de la fecha de la presente escritura, éste plazo se entenderá prorrogado tácita y sucesivamente por períodos iguales de cinco años cada uno. Limitación de Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Domicilio: ciudad de Coltauco, comuna de Coltauco, Región del Libertador Bernardo O´higgins, Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Doñihue, veintisiete de julio del año 2023.-