TRANSPORTES Y COMERCIAL TRANSVIA FORESTAL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de junio de 2023
- Notario
- MIGUEL CHACON ZEBALLOS
- Oficio
- Tercera Notaría de Rancagua
- Comuna
- Rancagua
Personas y entidades (3)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| INVERSIONES GRANELES DEL SUR S.A | socio | 76238250-4 | — | — | |
| SOCIEDAD COMERCIAL LAS COSCOJAS LIMITADA | socio | 96520260-9 | — | — | |
| AGRÍCOLA LAS CALLANAS LIMITADA | socio | 79840140-8 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMIGUEL CHACON ZEBALLOS, Notario Público Interino Tercera Notaría de Rancagua, Campos 377, Rancagua, certifica: Por escritura pública de fecha 27 de junio de 2023, ante mí: los socios de la sociedad TRANSPORTES Y COMERCIAL TRANSVIA FORESTAL LIMITADA, sociedad inscrita a fojas 367 N°429 del Registro de Comercio de Rancagua del año 2004, INVERSIONES GRANELES DEL SUR S.A., RUT N°76.238.250-4, SOCIEDAD COMERCIAL LAS COSCOJAS LIMITADA, RUT N°96.520.260-9, AGRÍCOLA LAS CALLANAS LIMITADA, RUT N°79.840.140-8, y GONZALO DEL ROSARIO VIAL CONCHA, cédula de identidad N°7.022.663-4, todos domiciliados en Presidente Eduardo Frei Montalva N°340, piso 4, Rancagua; Acordaron: aumentar el capital social, de la actual suma de noventa y tres millones doscientos siete mil trescientos treinta y cinco pesos a la cantidad de tres mil ochocientos veinte millones ciento setenta y seis mil trescientos treinta y cinco pesos, esto es, en la suma de tres mil setecientos veintiséis millones novecientos sesenta y nueve mil pesos, que se materializará mediante la incorporación de un nuevo socio, esto es, don Gonzalo del Rosario Vial Concha, quien en este acto paga y aporta en efectivo la cantidad de tres mil setecientos veintiséis millones novecientos sesenta y nueve mil pesos. Consecuencia de lo anterior, se modifica el Artículo tercero del Pacto Social y se reemplaza por el siguiente: ARTICULO TERCERO: El capital de la Sociedad asciende a la suma de tres mil ochocientos veinte millones ciento setenta y seis mil trescientos treinta y cinco pesos, aportado por los socios en la siguiente proporción: a) Inversiones Graneles del Sur S.A., aportó la suma de nueve millones novecientos mil pesos, ya ingresada en caja social, que corresponde, aproximadamente, al cero coma veinticinco por ciento de los derechos sociales; b) Agrícola Las Callanas Limitada, aportó la suma de ochenta y tres millones doscientos siete mil trescientos treinta y cinco pesos, ya ingresada en caja social, que corresponde, aproximadamente, al dos coma diecisiete por ciento de los derechos sociales; c) Sociedad Comercial Las Coscojas Limitada aportó la suma de cien mil pesos, ya ingresada en caja social, que corresponde aproximadamente al cero coma cero cero veintiséis por ciento de los derechos sociales; y d) don Gonzalo Del Rosario Vial Concha aportó la suma de tres mil setecientos veintiséis millones novecientos sesenta y nueve mil pesos, que corresponde, aproximadamente, al noventa y siete coma cincuenta y seis por ciento de los derechos sociales, ya ingresada en caja social”. Mantienen vigor cláusulas no modificadas. Otras estipulaciones constan escritura extractada. Rancagua, 27 de junio de 2023.