KIBERNUM INVERSIONES SpA
Instrumento
- Fecha
- 14 de julio de 2023
- Repertorio
- 23493-2023
- Notario
- ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- trigésimo sexta notaría de Santiago
Sociedad
- Capital
- $60.899.700 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, notario público titular de la trigésimo sexta notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, piso dos, Providencia, certifica: por escritura pública de fecha 14/07/2023, repertorio N° 23.493-2023, ante mí, INVERSIONES Y ASESORIAS ARAPI SpA, INVERSIONES Y CONSULTORIA MAMIÑA SpA e INVERSIONES MISTING LIMITADA, celebraron junta extraordinaria de accionistas en la que se acordó modificar sociedad KIBERNUM INVERSIONES SpA, inscrita a fojas 1.687 n° 850 Registro Comercio Santiago año 2020, en sentido de aumentar su capital desde la suma de $60.899.700.- dividido en 20.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas, a la cantidad de $250.899.700.- dividido en 100.000 acciones nominativas, sin valor nominal, 90.000 de las cuales serán Serie A o comunes y 10.000 serán Serie B o preferentes, las que se emiten en ese acto. Las 10.000 acciones Serie B o preferentes, deberán ser suscritas y pagadas en un plazo de 5 años contados desde fecha celebración de la junta y su privilegio consiste en el derecho a percibir el 100% de las utilidades que proporcionalmente les corresponden en el resultado de cada ejercicio comercial, ello a contar de la fecha de su suscripción y por un plazo de 3 años, e independientemente del porcentaje de las utilidades que acuerde distribuir o no la Junta de Accionistas a la Serie A de acciones. Las acciones Serie B no tendrán derecho a voto en las Juntas de Accionistas y, por consiguiente, no serán consideradas para la determinación de ningún quórum. El privilegio de estas acciones tendrá vigencia hasta el 31/12/2040, fecha a partir de la cual todas las acciones pasarán a ser comunes y de una misma serie de pleno derecho. Al efecto se sustituyó el Artículo 4° y se agregó un nuevo Artículo 4° Prima a los estatutos sociales. Otras estipulaciones escritura extractada. Santiago, 01 de Agosto 2023.