MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CANDIA Y SILVA LIMITADA

RUT 86622600-8 CVE 2357081
Capital
$400.000 CLP
Fecha instrumento
14 de julio de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
14 de julio de 2023
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$400.000 CLP

Administración

Los actuales y únicos socios de la sociedad CANDIA Y SILVA LIMITADA, han acordado otorgar la administración y representación de la sociedad y el uso de su razón social al socio don Nivaldo Antonio Candia Aguirre, cédula nacional de identidad número 5.363.077-4, quien anteponiendo a su firma la razón social, obligará a la sociedad con las más amplias facultades y atribuciones. IV. Modificación de los Estatutos Sociales: Modifica el Artículo Séptimo, el cual queda redactado del siguiente tenor: “SÉPTIMO: El capital social será la suma de $400.000, que los socios aportan y enteran en la forma y proporción que a continuación se expresa: /Uno/ don Nivaldo Antonio Candia Aguirre con la suma de $200.000, equivalentes al 50% del capital social, íntegramente pagados en dinero efectivo; /Dos/ doña María Verónica Silva Cuadra con la suma de $150.000, equivalentes al 37,5% del capital social, íntegramente pagados en dinero efectivo; y, /Tres/ la sociedad SOCIEDAD DE TRANSPORTES TRANSICA SpA con la suma de $50.000, equivalentes al 12,5% del capital social, íntegramente pagados en dinero efectivo. La

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36° Notaría de Santiago, La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifica: que por escritura pública de fecha 14 de julio de 2023, ante mí: i) doña María Verónica Silva Cuadra, domiciliada en Calle Campanario 107 B, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; ii) SOCIEDAD DE TRANSPORTES TRANSICA SpA, representada, domiciliada en Parcela 54, Santa Filomena de Nos, comuna de San Bernardo, Región Metropolitana; y, iii) don Nivaldo Antonio Candia Aguirre, domiciliado en parcela 54, Santa Filomena de Nos, comuna de San Bernardo, Región Metropolitana. Los comparecientes en su calidad de actuales y únicos socios, acordaron modificar la sociedad CANDIA Y SILVA LIMITADA, inscrita a fojas 5.656, número 2.628, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1980, en los siguientes términos: I. Venta y Cesión de Derechos Sociales: Los actuales y únicos socios de la sociedad CANDIA Y SILVA LIMITADA, han acordado la siguiente cesión de derechos: doña María Verónica Silva Cuadra vende, cede y transfiere 25% de sus derechos sociales, equivalentes al 12,5% de los derechos sociales de la sociedad CANDIA Y SILVA LIMITADA a la sociedad SOCIEDAD DE TRANSPORTES TRANSICA SpA. II. Ingreso Nuevo Socio: Como consecuencia de la venta y cesión de derechos acordada, se incorpora como socio de la Sociedad, la sociedad SOCIEDAD DE TRANSPORTES TRANSICA SpA. III. Modificación de Administración: Los actuales y únicos socios de la sociedad CANDIA Y SILVA LIMITADA, han acordado otorgar la administración y representación de la sociedad y el uso de su razón social al socio don Nivaldo Antonio Candia Aguirre, cédula nacional de identidad número 5.363.077-4, quien anteponiendo a su firma la razón social, obligará a la sociedad con las más amplias facultades y atribuciones. IV. Modificación de los Estatutos Sociales: Modifica el Artículo Séptimo, el cual queda redactado del siguiente tenor: “SÉPTIMO: El capital social será la suma de $400.000, que los socios aportan y enteran en la forma y proporción que a continuación se expresa: /Uno/ don Nivaldo Antonio Candia Aguirre con la suma de $200.000, equivalentes al 50% del capital social, íntegramente pagados en dinero efectivo; /Dos/ doña María Verónica Silva Cuadra con la suma de $150.000, equivalentes al 37,5% del capital social, íntegramente pagados en dinero efectivo; y, /Tres/ la sociedad SOCIEDAD DE TRANSPORTES TRANSICA SpA con la suma de $50.000, equivalentes al 12,5% del capital social, íntegramente pagados en dinero efectivo. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes.” Santiago, 01 de agosto de 2023.-