INVERSIONES TEQUERAL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 22 de junio de 2023
- Notario
- SERGIO WALDO ARENAS BENONI
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $149.986 CLP
- Domicilio
- La ciudad de Santiago
- Duración
- 3 años a contar de la fecha de escritura pública de constitución, cuyo vencimiento se entenderá renovada en forma tácita y sucesiva por periodos iguales, salvo que él o los socios que representen al menos el 51% por ciento del capital social, manifestaren su voluntad de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, la cual deberá anotarse al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio respectivo, con una anticipación de a lo menos 6 meses al vencimiento del periodo original o al de cualquiera de sus prórrogas
Objeto social
La inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales, raíces o muebles, con el objeto de percibir sus frutos o rentas. La sociedad no podrá realizar actividades que consistan en el comercio, en la elaboración y distribución de bienes o en la prestación de servicios
Administración
La administración y el uso de la razón social corresponderá única y exclusivamente al socio don Felipe José de la Carrera del Río, el cual anteponiendo la razón social a su firma podrá llevar a cabo todas las facultades indicadas en la escritura extractada.- Responsabilidad:
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSERGIO WALDO ARENAS BENONI, Notario Público de San Miguel, con asiento en La Cisterna y oficio en calle Avenida José Miguel Carrera número 8.006, Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública de fecha 22 de junio del año 2023, otorgada ante mí y en este mismo domicilio, comparecieron: FELIPE JOSÉ DE LA CARRERA DEL RÍO, C.I. N° 9.979.066-0, y doña ANDREA VERÓNICA FRIEDL URIBE, C.I. N° 10.969.685-4 ambos domiciliados en Lo Fontecilla 201, oficina 834, Las Condes, RM., quienes acuerdan modificar y dividir la sociedad “INVERSIONES TEQUERAL LIMITADA”, RUT N° 77.626.878-K, de la cual son los únicos socios, cuya escritura pública de constitución fue otorgada el 29 de julio de 2022 en la Notaría de La Cisterna de don Sergio Waldo Arenas Benoni, y un extracto fue inscrito a fs. 64.353, N°28.367 del Registro de Comercio del CBR de Santiago, debidamente publicado en el D.O. Para los efectos de materializar la división, los socios acuerdan la disminución del capital social de la sociedad “INVERSIONES TEQUERAL LIMITADA” desde la cantidad de $239.645.- a la cantidad de $149.986.- La diferencia ascendente a la suma de $89.659.-, corresponde a la suma que los socios unánimemente asignan como capital a la nueva sociedad “INVERSIONES CINCO LIMITADA”. Como consecuencia de la disminución del capital, acuerdan la modificación de la sociedad y dictación del texto refundido de los estatutos sociales de la sociedad “INVERSIONES TEQUERAL LIMITADA”, del siguiente tenor: Razón social: “INVERSIONES TEQUERAL LIMITADA”.- Domicilio: La ciudad de Santiago, sin perjuicio de que puedan establecerse agencias o sucursales en otros puntos del país.- Objeto: La inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales, raíces o muebles, con el objeto de percibir sus frutos o rentas. La sociedad no podrá realizar actividades que consistan en el comercio, en la elaboración y distribución de bienes o en la prestación de servicios.- Capital: $149.986.- aportado por los socios de la siguiente manera: (a) Felipe José de la Carrera del Río, aporta la suma de $74.993.- equivalentes aproximadamente al 50% del capital social total, los cuales se encuentran completamente enterados y pagados con anterioridad a esta fecha; (b) doña Andrea Verónica Friedl Uribe, aporta la suma de $74.993.- equivalentes aproximadamente al 50% del capital social total, los cuales se encuentran completamente enterados y pagados con anterioridad a esta fecha.- Administración y uso de la razón social: La administración y el uso de la razón social corresponderá única y exclusivamente al socio don Felipe José de la Carrera del Río, el cual anteponiendo la razón social a su firma podrá llevar a cabo todas las facultades indicadas en la escritura extractada.- Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad personal al monto de sus respectivos aportes.- Duración: 3 años a contar de la fecha de escritura pública de constitución, cuyo vencimiento se entenderá renovada en forma tácita y sucesiva por periodos iguales, salvo que él o los socios que representen al menos el 51% por ciento del capital social, manifestaren su voluntad de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, la cual deberá anotarse al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio respectivo, con una anticipación de a lo menos 6 meses al vencimiento del periodo original o al de cualquiera de sus prórrogas.- Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada. Los estatutos de la sociedad que se constituye producto del acuerdo de división constan en extracto separado. La Cisterna, 28 de julio del año 2023.-