Energía y Servicios South América SpA
Instrumento
- Fecha
- 25 de julio de 2023
- Repertorio
- 1712-2023
- Notario
- SERGIO FERNANDO RODRÍGUEZ URIBE
- Oficio
- Santiago de la 14° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $150.000 CLP
- Duración
- El nuevo artículo quinto permanente de los estatutos será el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Enel Américas S.A | socio | 94271000-3 | — | — | |
| Energía y Servicios South América SpA | socio | 76802942-3 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSERGIO FERNANDO RODRÍGUEZ URIBE, Notario Público Titular de Santiago de la 14° Notaría de Santiago, con oficio en Amunátegui N° 391, local 1, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 25 de julio de 2023, Repertorio N° 1.712-2023, ante mí, Enel Américas S.A., RUT 94.271.000-3, con domicilio en Avenida Santa Rosa N° 76, piso 17, comuna y ciudad de Santiago, único y actual accionista de Energía y Servicios South América SpA, RUT 76.802.942-3, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 77.733, N° 41.853 del año 2017, acordó aumentar el capital social de Energía y Servicios South América SpA en la cantidad de US$150.000, mediante la emisión de 150.000 acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal, todas íntegramente suscritas y pagadas por Enel Américas S.A. Como consecuencia de lo anterior, se acordó modificar el artículo quinto permanente y eliminar el artículo primero transitorio por haber perdido vigencia. El nuevo artículo quinto permanente de los estatutos será el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO. Capital Social. El capital de la sociedad será la suma de catorce millones quinientos veinte mil quinientos setenta y cinco dólares de los Estados Unidos de América con setenta centavos, dividido en cuatrocientos veintinueve millones ochocientos noventa y nueve mil trece acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado.” Demás estipulaciones constan en escritura que extracto. Portador de este extracto quedó facultado para proceder a su legalización. Santiago, 25 de julio de 2023.