MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIAL AUTOMOTRIZ HERRERA Y COMPAÑIA LIMITADA

RUT 76057635-2 CVE 2356685
Capital
$5.000 CLP
Fecha instrumento
12 de julio de 2023
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
12 de julio de 2023
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

Compra, venta, comercialización, permuta, consignación, comisión, distribución, arrendamiento, importación, y exportación de toda clase de bienes, en especial vehículos motorizados, accesorios y repuestos, de todo tipo, por cuenta propia o ajena. B) Representación de macas y productos en general; y C) Realización de todas las actividades complementarias que acuerden ejecutar los

Administración

La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a Don José Luis Duran Navarro, con amplias facultades indicada en artículos permanentes de la escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Álvaro D. González Salinas, Titular 42º, Notaria de Santiago, Agustinas Nº 1070, Piso 2, certifica: Por escritura de fecha 12-07-2023, ante mí: Don José Miguel Osvaldo Tercero Becker Sánchez, chileno, divorciado, empresario, cédula N° 15.380.026-6, calle Los Narcisos N° 2082, Providencia; don Tomas Ignacio Herrera San Román, chileno, casado y separado total de bienes, ingeniero en construcción, cédula N° 14.119.368-6, calle Cuarto Centenario N° 599, Las Condes, y Don José Luis Duran Navarro, chileno, soltero, factor comercio, cédula N° 9.662.736-K, calle Cuarto Centenario N° 599, Las Condes, modificaron y transformaron sociedad de responsabilidad limitada “COMERCIAL AUTOMOTRIZ HERRERA Y COMPAÑIA LIMITADA”, R.Ú.T.N° 76.057.635-2, inscrita a fojas 20.290, número 13.842, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2009, en el siguiente sentido: El socio Don José Miguel Osvaldo Tercero Becker Sánchez, quien actualmente tiene el 50% del haber social, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales, a Don José Luis Duran Navarro, quien los compra y acepta para sí, el precio de tales derechos se estipuló en la suma de $2.500.000, los cuales ya fueron pagados según lo indicado en escritura extractada; El socio Don Tomas Ignacio Herrera San Román, quien actualmente tiene el 50% del haber social, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales, a Don José Luis Duran Navarro, quien los compra y acepta para sí, el precio de tales derechos se estipuló en la suma de $2.500.000, los cuales ya fueron pagados según lo indicado en escritura extractada, en virtud de lo anterior queda como único socio Don José Luis Duran Navarro, con el 100% del haber social, en virtud de lo anterior, la única socia de la sociedad viene a transformar la sociedad Limitada, en una sociedad por acciones “SpA”, cuyos estatutos son los siguientes: NOMBRE: El nombre de la sociedad es “COMERCIAL AUTOMOTRIZ HERRERA Y COMPAÑIA SpA”, Nombre de Fantasía “MECANIX AUTOMOTRIZ SpA”. DOMICILIO: El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero. DURACION: Indefinida; OBJETO SOCIAL: Compra, venta, comercialización, permuta, consignación, comisión, distribución, arrendamiento, importación, y exportación de toda clase de bienes, en especial vehículos motorizados, accesorios y repuestos, de todo tipo, por cuenta propia o ajena. B) Representación de macas y productos en general; y C) Realización de todas las actividades complementarias que acuerden ejecutar los socios. CAPITAL: $5.000.000 dividido en 5.000 acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal, totalmente suscrito y pagado, de manera indicada en escritura extractada. ADMINISTRACIÓN: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a Don José Luis Duran Navarro, con amplias facultades indicada en artículos permanentes de la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 01 de Agosto de 2023.