AGRICOLA GARDNER LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de julio de 2023
- Repertorio
- 528
- Notario
- JORGE CARVALLO VELASCO
- Domicilio
- y Conservador de Comercio y Minas
- Comuna
- Santa Cruz
Sociedad
- Capital
- $100.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley 3.918
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE CARVALLO VELASCO, Abogado, Notario Público y Conservador de Comercio y Minas, Titular de la segunda Notaría de Santa Cruz, con oficio en calle Claudio Cancino Nº 60, Pasaje Marcel certifico: Escritura Pública de fecha 11 de Julio de 2023, comparecen: Don EDUARDO ANDRÉS CAMERATI SUÁREZ, chileno, soltero, ingeniero agrícola, cédula nacional de identidad Número 16.274.461-5, en representación de Don MICHAEL HOWARD GARDNER, estadounidense, soltero, empresario, cédula nacional de identidad provisoria para extranjeros número 48.152.610-8, por una parte, y don EDUARDO ANDRÉS CAMERATI SUÁREZ, por sí y en representación de La sociedad AGRICOLA GARDNER LIMITADA”, empresa del giro de su denominación, Rol único Tributario Número 76.490.389-7, chileno, soltero, ingeniero agrícola, cédula nacional de identidad Número 16.274.461-5, todos domiciliados en Los Manzanos número 685 villa Santa Cruz Comuna de Santa Cruz, Sexta Región del Libertador Bernardo O’Higgins, todos mayores de edad a quienes conozco por haberme acreditado su identidad con las cédulas citadas, y exponen: PRIMERO: La sociedad "AGRICOLA GARDNER LIMITADA”, empresa del giro de su denominación, Rol único Tributario Número 76.490.389-7, se constituyó por Escritura Pública e inscrita en el Registro Electrónico de Empresas y Sociedades con fecha 18 de marzo del 2015, regida por la Ley 3.918, y sus modificaciones, tratándose del registro de sociedades, dependientes del Gobierno de Chile, Tamaño, o también llamadas empresas en un día, que el día 30 de septiembre del año 2022, se emitió el respectivo certificado de Migración al Régimen General de la citada sociedad “AGRICOLA GARDNER LIMITADA”, solicitando su inscripción en el Registro de Comercio del conservador de bienes raíces de la Comuna de Peralillo, quedando anotada a Fojas: 35, Número: 24 del Año 2022, y publicado el extracto en el Diario Oficial, posteriormente se modificó la sociedad antes señalada, por escritura pública de fecha 26 de Octubre de 2022, otorgada ante Angélica A. Castro Gutiérrez, Notario Público, Suplente del titular don JORGE CARVALLO VELASCO, Abogado, Notario Público y Conservador de Comercio y Minas, Titular de la Segunda Notaría de Santa Cruz, con oficio en calle Claudio Cancino, número 60, Pasaje Marcel, de la Notaría de Santa Cruz a mi cargo, compareciendo en la citada escritura don Los únicos socios don MICHAEL HOWARD GARDNER, debidamente representado y don EDUARDO ANDRÉS CAMERATI SUÁREZ, modifican el ARTÍCULO QUINTO DEL CAPITAL SOCIAL, en el sentido de ampliar el capital social de $100.000.- a la suma de $100.000.000.-, extracto inscrito en registro de Comercio del conservador de Peralillo a Fojas 42 vuelta; Número 29; correspondiente al Registro de Comercio del año 2022, y publicado el extracto respectivo en el Diario Oficial de Chile el 5 de Diciembre del año 2022, finalmente con por escritura de fecha 24 de febrero de 2023, repertorio 528 del año 2023, suscrita ante el Notario Público titular don JORGE CARVALLO VELASCO, Abogado, Notario Público y Conservador de Comercio y Minas, Titular de la Segunda Notaría de Santa Cruz, los mismos comparecientes señalados anteriormente don EDUARDO ANDRÉS CAMERATI SUÁREZ, en representación de don MICHAEL HOWARD GARDNER, y EDUARDO ANDRÉS CAMERATI SUÁREZ, por sí y en representación de la sociedad AGRICOLA GARDNER LIMITADA, modifican nuevamente el ARTÍCULO QUINTO DEL CAPITAL SOCIAL, en el sentido de ampliar el capital social de $100.000.000.-, a la suma de $1.000.000.000.-, se solicitó dentro de plazo la inscripción del extracto, al Conservador de Comercio de Peralillo, quien procedió a rechazar la inscripción pues el extracto adolecía de un error correspondiente a la mala digitalización de la cédula de uno de los comparecientes, cuestión que se corrigió y se extendió nuevo extracto y se solicitó el reingreso e inscripción del mismo, el que en definitiva fue rechazado por cuanto había transcurrido el plazo legal para hacerlo, situación que constituye un vicio de nulidad.- SEGUNDO: Por el presente instrumento y acogiéndose a las disposiciones de la Ley número 19.499, publicada en el Diario Oficial con fecha 11 de Abril de 1997, los comparecientes, vienen en practicar el saneamiento de la referida escritura de Modificación de sociedad mencionada en la cláusula primera de este instrumento, disponiendo, la publicación del extracto que emane de la presente escritura, conjuntamente con la publicación del extracto de la escritura de modificación aludida. Demás estipulaciones escritura extractada, SANTA CRUZ. 11 de Julio del año 2023.-