Femsa Salud SpA
Instrumento
- Fecha
- 18 de julio de 2023
- Repertorio
- 8416-2023
- Notario
- GIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO
- Oficio
- Titular de la Décima Notaría de Santiago VALERIA RONCHERA FLORES
- Comuna
- Santiago VALERIA RONCHERA FLORES
Sociedad
- Capital
- $626.562.281.534 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO, Abogado, Notario Público Suplente de la Titular de la Décima Notaría de Santiago VALERIA RONCHERA FLORES, Abogada, Notario Público Titular de la Décima Notaría de Santiago, con oficio en Agustinas número mil doscientos treinta y cinco, segundo piso, CERTIFICO: que por escritura pública otorgada ante la titular en fecha 10 de julio de dos mil veintitrés, repertorio 8416-2023, Femsa Comercio, Sociedad Anónima de Capital Variable y Salvaguarda de Cadenas Comerciales, Sociedad Anónima de Capital Variable, en su calidad de únicos y actuales accionistas, de acuerdo al registro de accionistas tenido a la vista, de la sociedad FEMSA SALUD SpA (en adelante la “Sociedad”) y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 427 del Código de Comercio y especialmente conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de los estatutos sociales de la Sociedad, acordaron modificar dichos estatutos, aumentando el capital desde la cantidad de $626.562.281.534.- dividido en 334.298.880 acciones, a la cantidad de $651.948.427.277.- dividido en 347.843.519 acciones, ordinarias nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. Lo anterior, mediante el aporte en dinero efectivo de $7.449.551.601.- por parte de Femsa Comercio, Sociedad Anónima de Capital Variable, mediante la emisión de 7.449.552.- acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, de igual valor y sin valor nominal con iguales derechos económicos y políticos y de $17.936.594.142.- pesos por parte de Salvaguarda de Cadenas Comerciales, Sociedad Anónima de Capital Variable, mediante la emisión de 6.095.088.- acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, de igual valor y sin valor nominal con iguales derechos económicos y políticos. El aumento de capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Además, se modificaron los estatutos sociales en materias que no son objeto de extracto. Se sustituyó el artículo primero transitorio de los estatutos sociales danto cuenta de las modificaciones antes señaladas. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 18 de julio de 2023.