CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Constructora Berrios y Guevara Limitada

CVE 2355328
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
25 de julio de 2023
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
25 de julio de 2023
Repertorio
9494/2023
Notario
HERNAN CUADRA GAZMURI
Oficio
1ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, dentro del territorio jurisdiccional de los juzgados de letras en lo civil con asiento en la comuna de Santiago
Duración
La duración de la sociedad será de 5 años contados desde esta fecha, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante una declaración en tal sentido efectuada por escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción social, con a lo menos 6 meses de anticipación al vencimiento del respectivo periodo

Objeto social

El objeto de la sociedad es el diseño y construcción de toda clase de edificaciones, de cualquier tipo que estas sean, su diseño y construcción interior y la de su habilitación, el diseño y construcción de transformaciones, modificaciones o complementaciones de obras existentes, la construcción de toda clase de obras civiles, la elaboración de proyectos de urbanismo y la ejecución de obras de urbanización; la prestación de servicios de construcción y, en general, la ejecución de toda clase de construcciones

Administración

La administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a uno cualquiera de los socios, don Víctor Arturo Guevara Cáceres o doña Andrea Denisse Berríos Zúñiga, quienes pueden actuar en la forma y con las facultades indicadas en la escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HERNAN CUADRA GAZMURI, Notario Público Titular de la 1ª Notaría de Santiago, domiciliado en calle Huérfanos 1.160, oficinas 101 y 102, Comuna de Santiago, certifico: que con fecha 21 de julio de 2023, bajo Repertorio N° 9.494/2023, ante mi suplente Rodrigo Farías Picon, don Víctor Arturo Guevara Cáceres y doña Andrea Denisse Berríos Zúñiga, ambos domiciliados en Avenida Chamisero N° 15.921, casa 125, comuna de Colina, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Razón social: “Constructora Berrios y Guevara Limitada”, pudiendo usar para efectos comerciales, bancarios, tributarios, de publicidad, o todo otro tipo, la expresión “Constructora ByG Ltda.”. Objeto: El objeto de la sociedad es el diseño y construcción de toda clase de edificaciones, de cualquier tipo que estas sean, su diseño y construcción interior y la de su habilitación, el diseño y construcción de transformaciones, modificaciones o complementaciones de obras existentes, la construcción de toda clase de obras civiles, la elaboración de proyectos de urbanismo y la ejecución de obras de urbanización; la prestación de servicios de construcción y, en general, la ejecución de toda clase de construcciones. Domicilio: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, dentro del territorio jurisdiccional de los juzgados de letras en lo civil con asiento en la comuna de Santiago, sin perjuicio que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero. Duración: La duración de la sociedad será de 5 años contados desde esta fecha, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante una declaración en tal sentido efectuada por escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción social, con a lo menos 6 meses de anticipación al vencimiento del respectivo periodo. Capital: $2.000.000.- que los socios han aportado y pagaran en dinero en un plazo de 3 años a contar de esta fecha, en las siguientes proporciones: en un 50%, don Víctor Arturo Guevara Cáceres, y en el 50%, doña Andrea Denisse Berríos Zúñiga. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Administración: La administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a uno cualquiera de los socios, don Víctor Arturo Guevara Cáceres o doña Andrea Denisse Berríos Zúñiga, quienes pueden actuar en la forma y con las facultades indicadas en la escritura extractada. Demás estipulaciones y acuerdos constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para legalización. Santiago, 25 de julio de 2023.