Vantive Laboratorios Limitada
Instrumento
- Fecha
- 28 de julio de 2023
- Repertorio
- 11322/2023
- Notario
- María Pilar Gutiérrez Rivera
- Oficio
- 18 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $8.260.930 CLP
- Duración
- La sociedad comienza a regir en la misma fecha de la escritura de constitución de la sociedad y durará hasta el día 31 de diciembre del año 2028. Este plazo se entenderá prorrogado tácita y automáticamente por períodos iguales, sucesivos y continuos de 5 años, cada uno, a menos que uno cualquiera de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período original y/o de cualquier prórroga que se encuentre vigente, mediante declaración efectuada por escritura pública, de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con a lo menos 120 días de anticipación a la fecha prevista para la expiración de la Sociedad o de las prórrogas respectivas. La
Objeto social
(a) realizar actividades propias de un laboratorio farmacéutico, incluyendo pero no limitado a, la fabricación, importación, exportación, compra, venta, licenciamiento, comercialización, distribución en su nombre y por su cuenta, o como agente de ventas o comisionista, de productos para el cuidado de la salud, productos farmacéuticos, dispositivos médicos, y terapias, productos y servicios relacionados, incluida la prestación de servicios de salud de cualquier especialidad o subespecialidad médica; (b) actuar como sociedad holding de entidades que fabrican, importan, exportan, compran, venden, otorgan licencias, comercializan, distribuyen y mantienen productos para el cuidado de la salud, productos farmacéuticos, dispositivos médicos, y terapias, productos y servicios relacionados; (c) incorporar, participar, ejercer la administración y mantener cualquier otro interés financiero en otras compañías y)o empresas; (d) prestar servicios administrativos, técnicos, financieros, económicos, de consultoría, de servicios de operación logística, servicio técnico de reparación y mantenimiento de equipos, máquinas y dispositivos médicos para la salud humana o servicios gerenciales a otras sociedades o empresas; (e) prestar servicios de conectividad para telemedicina o monitoreo remoto de pacientes, a través del acceso, autenticaciones, almacenamiento y envío de registros médicos electrónicos; y (f) prestar y realizar todas las demás actividades que directa o indirectamente se relacionen con los objetos antes mencionados, todo ello en el sentido más amplio
Administración
BXT Renal Holding B.V. quien la ejercerá directamente o a través de mandatarios o delegados, designados por escritura pública de la cual se tomará nota al margen de la inscripción social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Pilar Gutiérrez Rivera, Notario Público Titular de la 18 Notaría de Santiago, con oficio en Av. Apoquindo 3.039, piso 5, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 28 de julio de 2023, Repertorio N° 11.322 / 2023, ante mí, BXT Renal Holding B.V. y BXT Renal Export LLC, ambas domiciliadas para estos efectos en Avenida Andrés Bello N° 2.457, piso 19, Providencia, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada y fijaron el texto de sus estatutos, de los cuales se extracta lo siguiente: Nombre o razón social: Vantive Laboratorios Limitada, pudiendo utilizar para fines bancarios, comerciales o de propaganda el nombre de fantasía “Vantive Ltda.”. Socio encargado de la administración y del uso de la razón social: BXT Renal Holding B.V. quien la ejercerá directamente o a través de mandatarios o delegados, designados por escritura pública de la cual se tomará nota al margen de la inscripción social. Capital social: 8.260.955 pesos que los socios aportan y enteran, de la siguiente forma: (a) BXT Renal Holding B.V. aporta la suma de 8.260.930 pesos, que paga y entera en este acto en arcas sociales, en dinero efectivo; y (b) BXT Renal Export LLC aporta la suma de 25 pesos, que paga y entera en este acto en arcas sociales, en dinero efectivo. Objeto social: (a) realizar actividades propias de un laboratorio farmacéutico, incluyendo pero no limitado a, la fabricación, importación, exportación, compra, venta, licenciamiento, comercialización, distribución en su nombre y por su cuenta, o como agente de ventas o comisionista, de productos para el cuidado de la salud, productos farmacéuticos, dispositivos médicos, y terapias, productos y servicios relacionados, incluida la prestación de servicios de salud de cualquier especialidad o subespecialidad médica; (b) actuar como sociedad holding de entidades que fabrican, importan, exportan, compran, venden, otorgan licencias, comercializan, distribuyen y mantienen productos para el cuidado de la salud, productos farmacéuticos, dispositivos médicos, y terapias, productos y servicios relacionados; (c) incorporar, participar, ejercer la administración y mantener cualquier otro interés financiero en otras compañías y/o empresas; (d) prestar servicios administrativos, técnicos, financieros, económicos, de consultoría, de servicios de operación logística, servicio técnico de reparación y mantenimiento de equipos, máquinas y dispositivos médicos para la salud humana o servicios gerenciales a otras sociedades o empresas; (e) prestar servicios de conectividad para telemedicina o monitoreo remoto de pacientes, a través del acceso, autenticaciones, almacenamiento y envío de registros médicos electrónicos; y (f) prestar y realizar todas las demás actividades que directa o indirectamente se relacionen con los objetos antes mencionados, todo ello en el sentido más amplio. Duración: La sociedad comienza a regir en la misma fecha de la escritura de constitución de la sociedad y durará hasta el día 31 de diciembre del año 2028. Este plazo se entenderá prorrogado tácita y automáticamente por períodos iguales, sucesivos y continuos de 5 años, cada uno, a menos que uno cualquiera de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período original y/o de cualquier prórroga que se encuentre vigente, mediante declaración efectuada por escritura pública, de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con a lo menos 120 días de anticipación a la fecha prevista para la expiración de la Sociedad o de las prórrogas respectivas. La responsabilidad de los socios se limita al monto de sus aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 28 de julio de 2023.- Maria Pilar Gutierrez Rivera, Notario Titular.