MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD FERRETERA HERMES MORA Y FAMILIA LIMITADA

RUT 77510048-6 CVE 2354312
Capital
$300.000.000 CLP
Fecha instrumento
14 de junio de 2023
Notaría
Chillán

Instrumento

Fecha
14 de junio de 2023
Repertorio
1694-2023
Notario
LUIS EDUARDO SOLAR BACH
Oficio
Primera Notaría de Chillán
Comuna
Chillán

Sociedad

Capital
$300.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS EDUARDO SOLAR BACH, Notario Público, Primera Notaría de Chillán, con Oficio en calle El Roble N° 551, certifico: Por escritura pública ante mí, 14-06-2023, Repertorio N°1.694-2023 doña Patricia Eliana Castro Catril, domiciliada en calle Purén N° 530, Chillán; doña Lorena Patricia Mora Castro, domiciliada en calle Purén N° 530, Chillán; don Diego Marcelo Mora Castro, domiciliado en calle 18 de Septiembre N°860 – B, Chillán; doña Carla Andrea Mora Castro, domiciliada en calle Purén N° 530, Chillán; y don Luis Eduardo Mora Castro, domiciliado en La Estancia N° 1927, Barrio El Tranque, sector Quilamapu, Chillán; modificaron “SOCIEDAD FERRETERA HERMES MORA Y FAMILIA LIMITADA”, inscrita a fojas 19 vuelta N°17 en el Registro de Comercio de Chillán el año 2022, con capital estatutario de $250.000.000.- y rol único tributario número 77.510.048-6.- Modificaciones consisten: (UNO) Se cambia la razón social, la cual será “INVERSIONES MORA CASTRO LIMITADA”. (DOS) Se modifican el objeto social, era cual será: (I) La inversión en el país y en el extranjero en toda clase de bienes incorporales muebles, y en especial mediante su participación como accionista en sociedades anónimas y en sociedades por acciones y su participación como socia en sociedades de responsabilidad limitada y en sociedades de cualquier otro tipo o naturaleza, y la percepción de los beneficios y/o ganancias que dichas inversiones produzcan; y (II) La inversión en el país y en el extranjero en bienes muebles e inmuebles, de cualquier naturaleza que estos fueren, administrarlos, arrendarlos, explotarlos y percibir sus frutos.”.- (TRES) Se modifica la administración, representación de la sociedad y el uso de la razón social, la cual corresponderá conjuntamente a los socios don Diego Marcelo Mora Castro y don Luis Eduardo Mora Castro, con facultades y limitaciones indicadas escritura extractada. (CUATRO) Se aumenta el capital social de $250.000.000.- a $300.000.000.- aumento de $50.000.000.- que será aportado por la socia doña Patricia Eliana Castro Catril. Se reemplaza cláusula sexta pacto social por la siguiente: “Capital.- El capital de la sociedad es la cantidad de $300.000.000.-, el que se aporta y paga de la siguiente forma: (I) Doña Patricia Eliana Castro Catril, aporta la cantidad de $100.000.000.- los cuales paga y pagará de la siguiente forma: (i) Con la cantidad de $10.000.000.-, en este acto, de contado, en dinero efectivo y ya ingresado a la caja social; y (ii) El saldo ascendente a la cantidad de $90.000.000.-, los pagará en dinero efectivo y/o bienes muebles y/o inmuebles avaluados por los socios al momento de materializar el aporte respectivo, dentro del plazo máximo de 5 años contados desde la fecha de escritura de constitución de la sociedad. (II) Doña Lorena Patricia Mora Castro, aporta la cantidad de $50.000.000.- los cuales paga y pagará de la siguiente forma: (i) Con la cantidad de $10.000.000.-, en este acto, de contado, en dinero efectivo y ya ingresado a la caja social; y (ii) El saldo ascendente a la cantidad de $40.000.000.- los pagará en dinero efectivo y/o bienes muebles y/o inmuebles avaluados por los socios al momento de materializar el aporte respectivo, dentro del plazo máximo de 5 años contados desde la fecha de escritura de constitución de la sociedad. (III) Don Diego Marcelo Mora Castro, aporta la cantidad de $50.000.000.- los cuales paga y pagará de la siguiente forma: (i) Con la cantidad de $10.000.000.- en este acto, de contado, en dinero efectivo y ya ingresado a la caja social; y (ii) El saldo ascendente a la cantidad de $40.000.000.-, los pagará en dinero efectivo y/o bienes muebles y/o inmuebles avaluados por los socios al momento de materializar el aporte respectivo, dentro del plazo máximo de 5 años contados desde la fecha de escritura de constitución de la sociedad. (IV) Doña Carla Andrea Mora Castro, aporta la cantidad de $50.000.000.- los cuales paga y pagará de la siguiente forma: (i) Con la cantidad de $10.000.000.- en este acto, de contado, en dinero efectivo y ya ingresado a la caja social; y (ii) El saldo ascendente a la cantidad de $40.000.000.-, los pagará en dinero efectivo y/o bienes muebles y/o inmuebles avaluados por los socios al momento de materializar el aporte respectivo, dentro del plazo máximo de 5 años contados desde la fecha de escritura de constitución de la sociedad. (V) Don Luis Eduardo Mora Castro, aporta la cantidad de $50.000.000.- los cuales paga y pagará de la siguiente forma: (i) Con la cantidad de $10.000.000.- en este acto, de contado, en dinero efectivo y ya ingresado a la caja social; y (ii) El saldo ascendente a la cantidad de $40.000.000.-, los pagará en dinero efectivo y/o bienes muebles y/o inmuebles avaluados por los socios al momento de materializar el aporte respectivo, dentro del plazo máximo de 5 años contados desde la fecha de escritura de constitución de la sociedad. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Chillán, julio 12 de 2023.