SERVICIOS PROFESIONALES GRANDÓN Y MARAMBIO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 21 de junio de 2023
- Repertorio
- 6243/2023
- Notario
- MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
- Oficio
- 21ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
- Duración
- La duración de la sociedad será de 50 años desde la fecha de la escritura pública de constitución, renovable automáticamente por períodos de diez años cada uno, salvo que alguno de los socios se manifieste con una anticipación de 90 días antes de la fecha de término, su intención de no prorrogarlo mediante escritura pública
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la prestación de toda clase de servicios de asesoría profesional en materias de iluminación y proyectos de iluminación
Administración
La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá a don PASCAL JACQUES CHAUTARD
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público, Titular de la 21ª Notaría de Santiago, domiciliada en calle Huérfanos N°578, Santiago, certifico que: Por escritura pública de fecha 21 de junio de 2023, Repertorio N°6.243/2023, otorgada ante mí, don FELIPE ESTEBAN GRANDÓN VALENZUELA y doña BÁRBARA ALEJANDRA MARAMBIO SCHRADER, ambos domiciliados en Obispo Orrego N°1156, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada de la cual se extractan las siguientes menciones. Razón social: “SERVICIOS PROFESIONALES GRANDÓN Y MARAMBIO LIMITADA”. Administración: La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá a don PASCAL JACQUES CHAUTARD. Capital: $3.000.000, el cual se distribuye y paga de la siguiente manera: a) don FELIPE ESTEBAN GRANDÓN VALENZUELA, con 50% de los derechos sociales, equivalentes a $1.500.000; y b) doña BÁRBARA ALEJANDRA MARAMBIO SCHRADER, con un 50% de los derechos sociales, equivalentes a $1.500.000. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la prestación de toda clase de servicios de asesoría profesional en materias de iluminación y proyectos de iluminación. Duración: La duración de la sociedad será de 50 años desde la fecha de la escritura pública de constitución, renovable automáticamente por períodos de diez años cada uno, salvo que alguno de los socios se manifieste con una anticipación de 90 días antes de la fecha de término, su intención de no prorrogarlo mediante escritura pública. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 25 de julio de 2023.