CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Asesorías ESD Dos Limitada

CVE 2354318
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
27 de julio de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
27 de julio de 2025
Notario
Paulina Constanza Estay Calzadilla
Oficio
29ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Duración
10 años y se entenderá prorrogada por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno si ninguno de los socios da aviso de su voluntad en contrario a la prórroga del

Objeto social

El objeto de la sociedad es única y exclusivamente la prestación de servicios jurídicos y la asesoría legal en general y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de abogado, ya sea por cuenta propia o de terceros, lo que incluirá la representación jurídica y judicial ante tribunales ordinarios, especiales, arbitrales y de cualquier otra naturaleza, y ante cualquier autoridad administrativa, fiscal, semifiscal, municipal, ministerial, servicios de administración pública y privada. Para el cumplimiento de este objeto la Sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el desarrollo de su objeto, pero no podrá realizar bajo ninguna circunstancia otro tipo de actividades que no digan directa relación con el ejercicio de los servicios profesionales que constituyen su

Administración

La administración y uso de la razón social le corresponderá indistintamente a doña María Catalina Silva Donoso y a don Eduardo Sergio Silva Donoso

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Paulina Constanza Estay Calzadilla, Abogado y Notario Público, interino de la 29ª Notaría de Santiago, calle Mac-Iver N° 225, oficina 302, Santiago, certifico que, por escritura pública de fecha 27 de julio de 2025, ante mí, don Eduardo Sergio Silva Donoso y doña María Catalina Silva Donoso, ambos domiciliados en calle Padre Mariano N° 272, oficina 601, Providencia, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada cuyos estatutos extractados son los siguientes: Razón social: "Asesorías ESD Dos Limitada", pudiendo usar para fines bancarios y publicitarios el nombre de fantasía de "Asesorías ESD Dos Ltda.". Administración: La administración y uso de la razón social le corresponderá indistintamente a doña María Catalina Silva Donoso y a don Eduardo Sergio Silva Donoso. Capital: $1.000.000 que los socios aportan y enteran en dinero en el acto de constitución, en la forma siguiente: a) don Eduardo Sergio Silva Donoso aporta y entera $900.000; y b) doña María Catalina Silva Donoso aporta y entera $100.000. Objeto: El objeto de la sociedad es única y exclusivamente la prestación de servicios jurídicos y la asesoría legal en general y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de abogado, ya sea por cuenta propia o de terceros, lo que incluirá la representación jurídica y judicial ante tribunales ordinarios, especiales, arbitrales y de cualquier otra naturaleza, y ante cualquier autoridad administrativa, fiscal, semifiscal, municipal, ministerial, servicios de administración pública y privada. Para el cumplimiento de este objeto la Sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el desarrollo de su objeto, pero no podrá realizar bajo ninguna circunstancia otro tipo de actividades que no digan directa relación con el ejercicio de los servicios profesionales que constituyen su objeto. Duración: 10 años y se entenderá prorrogada por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno si ninguno de los socios da aviso de su voluntad en contrario a la prórroga del plazo. Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad personal al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 28 de julio de 2023.