SOCIEDAD AGRÍCOLA YUGO SpA
Instrumento
- Fecha
- 13 de julio de 2023
- Notario
- EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
- Oficio
- 34ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Ley aplicable
- ley Nº 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular 34ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda 359, comuna de Providencia, Región Metropolitana, certifica: Que, ante mí, por escritura pública de fecha 13-07-2023, doña KAREN LUISA JANKELEVICH VILENSKY, domiciliada para estos efectos en Av. La Dehesa mil novecientos treinta y nueve, oficina doscientos siete, comuna de Lo Barnechea, viene en sanear: Escritura Pública de fecha 15-12-2022 de la SOCIEDAD AGRÍCOLA YUGO SpA, otorgada en esta misma Notaría, de don EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO. Debido a un error involuntario, no se inscribió a tiempo el extracto de dicha escritura, en los términos requeridos por la ley Nº 19.499 (“Ley de Saneamiento”) en relación con los artículos 426 y siguientes del Código de Comercio, por lo tanto, a la escritura pública individualizada le afecta un vicio formal de nulidad, siendo procedente su saneamiento en los términos señalados por la ley que “ESTABLECE NORMAS SOBRE SANEAMIENTO DE VICIOS DE NULIDAD DE SOCIEDADES Y MODIFICA CÓDIGO DE COMERCIO Y OTROS CUERPOS LEGALES”, en adelante, “Ley de Saneamiento”. Esta última dispone en su artículo primero que la nulidad derivada de vicios formales, que afecte la constitución o modificación de una sociedad, puede ser saneada del modo que se señala en esta ley. Acto seguido, señala que se consideran vicios formales aquellos que consisten en el incumplimiento de alguna solemnidad legal, tales como la inscripción o publicación tardía del extracto de la escritura. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 14 de julio de 2023.-