INVERSIONES CYPRUS SpA
Instrumento
- Fecha
- 26 de julio de 2023
- Repertorio
- 40700
- Notario
- Javier Ignacio Hormazábal Collao
- Oficio
- Titular de la 19 Notaría de Santiago de don Pedro Ricardo Reveco Hormazábal
- Comuna
- Santiago de doña Susana Belmonte Aguirre
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJavier Ignacio Hormazábal Collao, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la 19 Notaría de Santiago de don Pedro Ricardo Reveco Hormazábal, con oficio en calle Bandera N° 341, oficina N°352, Santiago, certifica que por escritura pública de hoy, Repertorio 40.700, ante mí comparece: Doña ALESANDRINA MARLEN MUÑOZ DEL VALLE, domiciliada para estos efectos en calle Cerro El Plomo cinco mil cuatrocientos veinte, oficina mil ciento cinco, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, quien por medio de esta escritura viene a sanear la publicación tardía del extracto de la escritura pública de fecha veinticuatro de marzo del año dos mil veintidós, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Susana Belmonte Aguirre, Repertorio número ocho mil doscientos uno guion dos mil veintidós, la cual corresponde a una “Modificación” de la sociedad “INVERSIONES CYPRUS SpA”, anteriormente denominada esta sociedad como “Cerro El Plomo Uno SpA”, y la cual rola inscrita a fojas veintitrés mil ciento cincuenta y uno, número diez mil seiscientos cuarenta y cinco en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil veintidós, que modifica el “ARTÍCULO QUINTO” y el “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO” de los estatutos de la Sociedad, quedando como sigue: “ARTÍCULO QUINTO: El Capital de la Sociedad es la cantidad de MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES, dividido en mil acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal. El capital queda totalmente suscrito y pagado con anterioridad a este acto, en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio”; y, “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: Don FELIPE ANDRÉS ROSSE INFANTE suscribió MIL ACCIONES ordinarias de la Serie única, equivalente a la suma de MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES del capital social, las cuales fueron totalmente pagadas con anterioridad a este acto”. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 26 de julio de 2023.