MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

HERMANOS GALAZ DIAZ LIMITADA

RUT 76365520-2 CVE 2353516
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
27 de junio de 2023
Notaría
San

Instrumento

Fecha
27 de junio de 2023
Notario
ALBERTO ORTEGA JIRON
Oficio
1ra. Notaría de San Fernando
Comuna
San

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALBERTO ORTEGA JIRON, Abogado, Notario Público Titular 1ra. Notaría de San Fernando, con oficio en calle Chillán 620, esta ciudad, certifico: Que por escritura pública de fecha 27-06-2023, ante mí, RAMÓN ENRIQUE GALAZ DÍAZ, chileno, agricultor, casado, C.I.N° 11.144.933-3, domiciliado en Hijuela B sector El Manzano, localidad El Sauce, comuna Chimbarongo; GABRIEL DOMINGO GALAZ DÍAZ, chileno, divorciado, agricultor, C.I.N° 9.064.478-5, domiciliado en Hijuela B sector El Manzano, localidad El Sauce, comuna Chimbarongo; DOMINGO ANDRÉS GALAZ DÍAZ, chileno, casado, agricultor, C.I.N° 15.118.646-7, domiciliado en Hijuela B sector El Manzano, localidad El Sauce, comuna Chimbarongo; MARIA OLGA GALAZ DIAZ, chilena, labores de casa, casada, C.I.N° 9.064.482-3, domiciliada en Fundo Santa Isabel Bajo, Reinoso, Catemu, comuna San Felipe; CRISTINA LUAZ GALAZ DIAZ, chilena, labores de casa, casada, C.I.N° 11.069.379-6, domiciliada en sector El Sauce s, comuna Chimbarongo; UBERLINDA DEL CARMEN GALAZ DIAZ, chilena, labores de casa, viuda, C.I.N° 8.808.995-2, domiciliada en El Perejil, sector Aytué, comuna Chimbarongo; y GEORGINA ALICIA GALAZ DIAZ, chilena, labores de casa, casada, C.I.N° 12.059.815-5, domiciliada en El Sauce sin número, comuna de Chimbarongo, modificaron sociedad “HERMANOS GALAZ DIAZ LIMITADA”, constituida por escritura pública fecha 05-09-2005, otorgada en la Primera Notaría San Fernando, ante Notario Hernán Barría Subiabre, con oficio calle Chillán 620, cuyo extracto se inscribió a fojas 155 número 157 del Registro de Comercio del año 2005 del Conservador Bienes Raíces San Fernando, publicado en Diario Oficial N° 38.266, de fecha 20-09 año 2005, con un capital inicial de $2.000.000.- Modificación consiste: a) socio Domingo Andrés Galaz Díaz, vende, cede y transfiere todos sus derechos en la sociedad, equivalentes al 14,285714 % periódico, del haber social, a RAMON ENRIQUE GALAZ DÍAZ, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de cesión es la suma de $1.000.000 pagados este acto al contado en dinero efectivo. Como consecuencia de la cesión que antecede, quedan como únicos socios de la sociedad “HERMANOS GALAZ DIAZ LIMITADA”: RAMÓN ENRIQUE GALAZ DÍAZ, con un porcentaje del 28,57%, derechos sociales; GABRIEL DOMINGO GALAZ DÍAZ, con un porcentaje del 14,286% derechos sociales; MARIA OLGA GALAZ DIAZ, con un porcentaje del 14,286%, derechos sociales; CRISTINA LUAZ GALAZ DIAZ, con un porcentaje del 14,286%, derechos sociales; UBERLINDA DEL CARMEN GALAZ DIAZ, con un porcentaje del 14,286% derechos sociales; y GEORGINA ALICIA GALAZ DIAZ, con un porcentaje del 14,286%, derechos sociales. b) Actuales socios modifican estatuto social, siguiente forma: Uno) Modifican la cláusula sexta primitivo pacto social, en sentido que la Administración y Uso de la Razón Social corresponderá al socio RAMON ENRIQUE GALAZ DÍAZ, con todas las facultades contenidas en escritura de cesión y modificación que por este acto se extracta.- Dos) Modifican cláusula quinta primitivo pacto social, en el sentido que capital social es la suma $2.000.000 aportado siguiente forma: socio RAMON ENRIQUE GALAZ DIAZ, aporta $571.400, equivalentes al 28,57%, del haber social, encontrándose a esta fecha íntegramente pagado; socio GABRIEL DOMINGO GALAZ DIAZ, aporta $285.720, equivalentes al 14,286% del haber social, encontrándose a esta fecha íntegramente pagado; socia MARIA OLGA GALAZ DIAZ, aporta $285.720, equivalentes al 14,286% del haber social, encontrándose a esta fecha íntegramente pagado; socia CRISTINA LUAZ GALAZ DIAZ, aporta $285.720, equivalentes al 14,286% del haber social, encontrándose a esta fecha íntegramente pagado; socia UBERLINDA DEL CARMEN GALAZ DIAZ, aporta $285.720, equivalentes al 14,286% del haber social, encontrándose a esta fecha íntegramente pagado; y GEORGINA ALICIA GALAZ DIAZ; Tres) Modifican cláusula décima primitivo pacto social, en sentido que: “En caso de fallecimiento del socio no administrador, la sociedad continuará con los socios sobrevivientes y los herederos del socio fallecido, quienes deberán nombrar un mandatario común para que los represente ante la sociedad, y la administración de la sociedad, y el uso de la razón social continuará radicada, desde la fecha del fallecimiento, en el socio administrador, en el evento que el socio fallecido sea el socio administrador, la administración y uso de la razón social quedará radicada en los socios no administradores sobreviviente. En caso de incapacidad, de insolvencia o de cualquiera otra situación que afecte la libre disposición de los bienes de un socio, la presente sociedad no se disolverá y el socio afectado continuará siendo representado por quien corresponda en derecho, con sus mismas facultades”.- Demás estipulaciones escritura extractada. San Fernando 05 de Julio de 2023.