MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS INFORMÁTICOS LOCALHOST LIMITADA

RUT 76199483-2 CVE 2353093
Fecha instrumento
14 de febrero de 2012
Notaría
Santiago de don

Instrumento

Fecha
14 de febrero de 2012
Notario
PAULINA CONSTANZA ESTAY CALZADILLA
Oficio
Notaría número veintinueve de Santiago
Comuna
Santiago de don

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PAULINA CONSTANZA ESTAY CALZADILLA, abogado y Notario Público Interino de la Notaría número veintinueve de Santiago, de este domicilio, calle Mac-Iver número doscientos veinticinco, oficina trescientos dos, Santiago, certifico: Por escritura pública, hoy ante mí, FELIPE TORNVALL NAZAL, domiciliado en calle Darío Urzúa Nº 1.625, departamento 401, comuna de Providencia, Santiago, y don IGNACIO LABARCA URZÚA, domiciliado en calle Víctor Juri Henríquez Nº 1.450, casa 38, San Felipe, Valparaíso, modificaron la sociedad “SERVICIOS INFORMÁTICOS LOCALHOST LIMITADA”, RUT 76.199.483-2, constituida por escritura pública de fecha 14 de febrero de 2012, otorgada en la Notaría de Santiago de don Camilo Valenzuela Riveros, cuyo extracto se inscribió a fojas 11.985, Nº8.386 del Registro de Comercio del año 2012 del Conservador de Comercio de Santiago, y se publicó en el Diario Oficial Nº 458.740 con fecha 17 de febrero de 2012. Por la que extracto: Felipe Tornvall Nazal tiene el 50% del total de los derechos sociales y Ignacio Labarca Urzúa tiene el 50% del total de los derechos sociales, de la sociedad SERVICIOS INFORMÁTICOS LOCALHOST LIMITADA. Don Felipe Tornvall Nazal y Ignacio Labarca Urzúa modificaron la cláusula Séptima de los estatutos sociales relacionada a la administración y uso de la razón social, en el sentido de remover a don Gonzalo Jesús Santander Castillo como administrador y representante de la sociedad, e incluir a don Ignacio Labarca Urzúa como su reemplazo, para todos los efectos legales que correspondieren. De esta forma, en virtud de esta modificación de la cláusula Séptima, la administración y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a don Felipe Tornvall Nazal y a don Ignacio Labarca Urzúa quienes anteponiendo la razón social a sus firmas tendrán la representación judicial y extrajudicial de la sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. En todo lo no previsto por la presente modificación, se entiende plenamente vigente el pacto social. Santiago, 5 de julio de 2023.