Instrumento
- Fecha
- 20 de julio de 2023
- Notario
- ALVARO GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la Sociedad será la compra, venta, importación, exportación, distribución y comercialización, al por mayor o al detalle, de toda clase de vinos.Administración: La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Eduardo Alberto Sanhueza Díaz, con las facultades otorgadas en la escritura extractada
Administración
La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Eduardo Alberto Sanhueza Díaz, con las facultades otorgadas en la escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, piso 2, certifico que por escritura pública de fecha 20 de Julio de 2023, otorgada ante mí, EDUARDO ALBERTO SANHUEZA DÍAZ, casado, chileno, ingeniero agrónomo, cédula de identidad N° 15.375.220-6, domiciliado en avenida dieciocho de septiembre N° 6.882, casa “H”, comuna de Paine, Región Metropolitana y de paso en ésta; constituyó una sociedad por acciones. Nombre: “PATAGONIA PARTNERS SpA”,pudiendo utilizar el nombre de fantasía “PATAGONIA PARTNERS”. Objeto:El objeto de la Sociedad será la compra, venta, importación, exportación, distribución y comercialización, al por mayor o al detalle, de toda clase de vinos.Administración: La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Eduardo Alberto Sanhueza Díaz, con las facultades otorgadas en la escritura extractada. Domicilio:Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, establecimientos, sucursales u oficinas que la Sociedad decida establecer en otros puntos del país o en el extranjero.Duración: Indefinida. Capital: $1.000.000,dividido en 100 acciones nominativas, iguales y sin valor nominal, el cual se encuentra íntegramente suscrito y se pagará en un plazo de un año contado desde la fecha de constitución de la Sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 26 de Julio de 2023.-