CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD COMERCIAL FULL SpA

RUT 17795986-3 CVE 2351289
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
24 de julio de 2023
Notaría
Curico don Rene León Manieu

Instrumento

Fecha
24 de julio de 2023
Repertorio
2980
Notario
JOSE MARCELO ADASME BRAVO
Oficio
titular de la Segunda Notaria de Curico don Rene León Manieu
Comuna
Curico don Rene León Manieu

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOSE MARCELO ADASME BRAVO, Abogado, Notario Público suplente del titular de la Segunda Notaria de Curico don Rene León Manieu, como consta Según Decreto Económico Nº 93-2023 del Primer Juzgado de Letras de Curicó, la que se protocolizo bajo el Nº 436, con fecha 02 de Junio de 2023, y quedando con Repertorio de escritura publica bajo el Nº 2.226; con oficio en calle Carmen número cuatrocientos ochenta y nueve de esta ciudad; , certifico: Por escritura pública, ante mí, Repertorio N° 2980, MATIAS NAYN FARIAS ARAVENA, chileno, estudiante, cédula nacional de identidad número 17.795.986-3, soltero, domiciliado en Carmen 675, departamento 301, Comuna de Curicó y don ULISES ALEJANDRO AGUILAR BRAVO, chileno, divorciado, cédula nacional de identidad número 15.133.780-5, en Lote 10, Retazo N° 1 del Proyecto de Parcelación Santa Marta, Curicó mayor de edad constituyen una sociedad por acciones, Nombre: “SOCIEDAD COMERCIAL FULL SpA” y podrá usar “COMERCIAL FULL SpA “ o “FULL SpA”. Objeto a) La explotación, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de actividades gastronómicas, restaurantes y establecimientos de comida rápida; b) La explotación, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de actividades productivas o comerciales, vinculados con restaurantes, actividades gastronómicas y de comida rápida; c) La adquisición y enajenación de toda clase de bienes, especialmente los relacionados con restaurante, actividades gastronómicas y comida rápida, así como la adquisición, explotación y enajenación de toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales que sirvan de cualquier forma a estos fines; d) Podrá actuar como contratista del área de servicios alimenticios; contratar personal para prestar dichos servicios , la administración de los mismos, y todo lo que tenga relación con lo expuesto; e) Podrá instalar y actuar por cuenta propia o ajena en el rubro alimenticio, instalar restaurant, establecimientos de comida rápida, bares, fuentes de soda, gelaterías, pizzerías y similares; f) La comercialización de productos alimenticias, y todo lo relacionado con este rubro; g) La explotación, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de actividades productivas o comerciales, vinculados con el transporte; h) El transporte de todo tipo de productos, servicios de encargo en viaje, carga y su traslado, así como la distribución y traslado dentro y fuera del país, de los productos por encargo o propios; i) El transporte de personal; j) La adquisición y enajenación de toda clase de bienes, especialmente los relacionados con el transporte, así como la adquisición, explotación y enajenación de toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales que sirvan de cualquier forma al transporte; k) La prestación de servicios de cualquier índole; l) La distribución de todo tipo de artículos propios o por encargo, ya sea al por mayor o al detalle; ll) Podrán actuar como contratista del área transporte, así como trasladar personal como transporte público o privado remunerado y todo lo que tenga relación con lo expuesto; m) Toda clase de operaciones y actos que estén directa o indirectamente relacionados con los giros expuestos, como así mismo, toda clase de actos de comercio, sean o no de los rubros ya mencionados, y en general, todas aquellas operaciones que los socios acuerden y que sean convenientes para los intereses sociales. Para la consecución de sus fines la sociedad por acciones podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes, pudiendo incluso formar parte de otras sociedades de cualquier índole y avalar, afianzar y constituirse en codeudora solidaria de cualquier persona natural o jurídica sin limitaciones. Capital: $2.000.000, dividido en 100 - acciones nominativas - de única serie y sin valor nominal. Capital que se paga en este acto. Administración y uso razón social: Corresponde a ambos socios indistintamente, en forma indicada en escritura. Demás estipulaciones escritura extractada. Curicó, 24 de Julio de 2023.-