MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

COPEFRUT S.A.

RUT 81836000-2 CVE 2351632
Fecha instrumento
13 de julio de 2023

Instrumento

Fecha
13 de julio de 2023
Repertorio
1381/2023
Notario
CARLOS ANDRES ORTEGA ALUL
Domicilio
Curicó con oficio en calle Estado Nº 282 de la comuna y provincia de Curicó

Sociedad

Ley aplicable
Ley N°18.046.

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CARLOS ANDRES ORTEGA ALUL, Notario Público Titular de Curicó con oficio en calle Estado Nº 282 de la comuna y provincia de Curicó, certifica: Por escritura pública otorgada ante mí, de fecha 13 de julio de 2023, Repertorio N°1381/2023, se redujo a escritura pública Acta de la Trigésima Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad COPEFRUT S.A., que se llevó a cabo el día 25 de abril de 2023 en el domicilio social y en la que se acordó modificar los estatutos. Objeto de la Junta: Reforma de Estatutos en el sentido de aumentar el número de directores de ocho a nueve integrantes. Se sustituye el artículo sexto del estatuto social por el siguiente: “ARTÍCULO SEXTO: La sociedad será administrada por un Directorio compuesto de nueve miembros, elegidos por la Junta de Accionistas. El Directorio representa judicial y extrajudicialmente a la sociedad y, para el cumplimiento del objeto social lo que no será necesario acreditar a terceros, está investido de todas las facultades de administración y disposición que la Ley o este estatuto no establezcan como privativas de la Junta General de Accionistas. Se incluyen en las facultades del Directorio aun las necesarias para actos y contratos respecto de los cuales la Ley exija poder especial. Lo anterior no obsta a la representación que compete al Gerente, conforme a lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley N°18.046. Para ser nombrado Director, no se requerirá ser accionista de la compañía o representante legal de una persona jurídica accionista. La renovación del Directorio será total y se efectuará, al final de su período, cuya duración será de tres años. Los Directores podrán ser reelegidos indefinidamente en sus funciones y podrán ser remunerados con dieta, participación en las utilidades o asignaciones fijas, cuya procedencia y monto será determinado anualmente por La Junta Ordinaria de Accionistas. ”Demás estipulaciones constan en escritura pública citada y corresponden a materias no extractables. Curico, 20 de Julio de 2023.