TRANSPORTES MULTICERRILLOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de junio de 2023
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSoledad Andrea Farr Tapia, abogada, notaria suplente del titular Orlando Esteban Cerda Silva de la notaría de Pudahuel-Santiago, San Pablo 6070, Lo Prado, CERTIFICA: Por escritura pública de 23 de junio de 2023, ante mi: PEDRO ANTONIO GAJARDO PASTEN, chileno, empresario, casado separado de bienes, cédula nacional de identidad N°4.039.608-K, doña GRACIELA DEL CARMEN MUÑOZ BASTÍAS, chilena, empresaria, casada separada de bienes, cédula nacional de identidad N°6.396.896-K y MARÍA CRISTINA GAJARDO MUÑOZ, chilena, empresaria, casada y separada de bienes, cédula nacional de identidad N°12.072.380-6, domiciliados en la ciudad de Santiago, comuna de Cerrillos, Avenida Lo Errazuriz N°126; modifican la sociedad de responsabilidad limitada “TRANSPORTES MULTICERRILLOS LIMITADA”, inscrita en el Registro de Comercio de SANTIAGO, a fojas 52305 número 36253 del año 2009, en los siguientes términos: el socio PEDRO ANTONIO GAJARDO PASTEN, transfiere el 34 % que posee del capital, esto es el 100% de sus derechos sociales, equivalentes a tres millones cuatrocientos mil pesos a las socias GRACIELA DEL CARMEN MUÑOZ BASTÍAS un 16% y a la socia doña MARÍA CRISTINA GAJARDO MUÑOZ un 18%, siendo el precio de la cesión tres millones cuatrocientos mil pesos, que las cesionarias aceptan y pagan en proporción de los porcentajes cedidos anteriormente señalados. Quedando las participaciones sociales del modo siguiente: a) doña MARÍA CRISTINA GAJARDO MUÑOZ con un 51% del capital y propiedad de la sociedad y b) doña GRACIELA DEL CARMEN MUÑOZ BASTÍAS con el 49% restante del capital y propiedad de la sociedad. Por este acto, entre el socio que se retira y la presente sociedad se dan el más amplio y completo finiquito, declarando que nada se adeudan por ningún concepto, y renunciando a cualquier acción o derecho a que pudiere haber lugar. Se modifica la cláusula OCTAVO de los estatutos sociales quedando la primera parte de la siguiente manera “La administración, representación, uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderán a la socia doña MARÍA CRISTINA GAJARDO MUÑOZ.” En consecuencia, tendrá todas y cada una de las facultades de la cláusula OCTAVA, del pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En todo lo no modificado rigen las estipulaciones del pacto social. Por ausencia del notario suplente autoriza Notario Titular artíuclo 402 del Código Órganico de Tribunales. Santiago a 17 de julio de 2023.