Instrumento
- Fecha
- 17 de julio de 2023
- Repertorio
- 1146-2023
- Notario
- IGNACIO JAVIER GONZALEZ LOPEZ
- Oficio
- 2da Notaría de San Vicente de Tagua Tagua
- Comuna
- San
Sociedad
- Ley aplicable
- ley 18.046
Objeto social
Capital: veinte millones de pesos, dividido en dos mil acciones nominativas, de un misma serie y valor nominal, que en este acto se suscriben y pagan de la siguiente forma: a) suscribe y paga en este acto doña ROXANA VALESKA HERRERA ARANCIBIA, dos mil acciones, por un valor de veinte millones de pesos, ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal ni preferencias de ninguna especie. Los títulos de las acciones no requerirán ser emitidos en láminas físicas. La sociedad podrá en todos los casos poseer acciones de su propia emisión;
Administración
La administración corresponderá a doña ROXANA VALESKA HERRERA ARANCIBIA, cédula de identidad número trece millones quinientos treinta y nueve mil quinientos sesenta guion nueve; La duración de la sociedad será indefinida, Utilidades y eventuales pérdidas se distribuirán en partes iguales. El domicilio de la sociedad será la ciudad y comuna de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que establecieren en otros lugares del país o del extranjero
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIGNACIO JAVIER GONZALEZ LOPEZ, Notario Público Titular de la 2da Notaría de San Vicente de Tagua Tagua, con oficio en calle Carmen Gallegos N° 320 de esta ciudad, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 17/07/2023 ante mí, Repertorio N° 1146-2023, doña ROXANA VALESKA HERRERA ARANCIBIA, chilena, soltera, empresaria, cédula de identidad número trece millones quinientos treinta y nueve mil quinientos sesenta guion nueve, domiciliada en Quebrada de Nogales número cuatro mil treinta y cinco, comuna de Machalí, constituyó sociedad por acciones "NEW FRUIT SPA", que se regirá por su estatuto y por disposiciones pertinentes contenidas en artículos 424 y siguientes del Código de Comercio y normas de la ley 18.046 y ley 20.190: El objeto de la sociedad será a) venta al por mayor de frutas y verduras; b) la elaboración y conservación de frutas, legumbres y hortalizas; c) realización de todo tipo de operaciones de comercio exterior, pudiendo exportar e importar toda clase de bienes y servicios, corporales e incorporales; d) la compra, venta, corretaje y exportación de productos agrícolas; e) la ejecución de actividades agrícolas y agroindustriales; f) la prestación de servicios agrícolas, de embalaje, packing, servicios de exportación y comercio internacional; y en general, formar o tener parte de otras sociedades cuyos giro se relacione con el propuesto o coayude a su realización, así como la ejecución de todos los actos y contratos que fueran necesarios y que tengan relación directa o indirecta con el cumplimiento de su objeto social. Capital: veinte millones de pesos, dividido en dos mil acciones nominativas, de un misma serie y valor nominal, que en este acto se suscriben y pagan de la siguiente forma: a) suscribe y paga en este acto doña ROXANA VALESKA HERRERA ARANCIBIA, dos mil acciones, por un valor de veinte millones de pesos, ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal ni preferencias de ninguna especie. Los títulos de las acciones no requerirán ser emitidos en láminas físicas. La sociedad podrá en todos los casos poseer acciones de su propia emisión; Administración: La administración corresponderá a doña ROXANA VALESKA HERRERA ARANCIBIA, cédula de identidad número trece millones quinientos treinta y nueve mil quinientos sesenta guion nueve; La duración de la sociedad será indefinida, Utilidades y eventuales pérdidas se distribuirán en partes iguales. El domicilio de la sociedad será la ciudad y comuna de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que establecieren en otros lugares del país o del extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura extractada, todo de acuerdo al artículo 427 del Código de Comercio. San Vicente de Tagua Tagua, 21 de Julio de 2023.