INMOBILIARIA E INVERSIONES CIRCULO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 14 de julio de 2023
- Notario
- Bernardo Espinosa Bancalari
- Domicilio
- Puerto Varas
Sociedad
- Capital
- $140.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalBernardo Espinosa Bancalari, Notario Público de Puerto Varas, con oficio en esta ciudad, Av. Gramado 535, certifica: por escritura pública de 14 de julio de 2023, otorgada ante mi suplente, Macarena Constanza Molina Cortés, doña MARÍA CATALINA BARROS RIOSECO, domiciliada en camino a Ensenada kilómetro 1,6, Puerto Varas; y, don NADIM FARID ARANKI MARCHESE, domiciliado en calle Los Robles número Ocho, Condominio Altos del Llanquihue, Puerto Varas, modificaron “INMOBILIARIA E INVERSIONES CIRCULO LIMITADA”, cuyo capital estatutario es de $140.000.000, y que figura inscrita a fojas 261, Nº 233 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas correspondiente al año 2009, en lo siguiente: Modificaron la “Cláusula Sexta” de los estatutos de la Sociedad relativa a la objeción de los balances y los plazos para presentar objeciones, reemplazando dicha cláusula por la siguiente nueva cláusula: “SEXTO: Las ganancias y las pérdidas se distribuirán entre los socios a prorrata de sus aportes, y de acuerdo con el balance e inventario que se practicará al treinta y uno de diciembre de cada año, sin perjuicio de que los socios puedan acordar realizarlo en otra fecha, quedando facultados para solicitar la correspondiente autorización al Servicio de Impuestos Internos. Asimismo, se podrán confeccionar balances mensuales, con el solo acuerdo de los socios. Los balances se entenderán aprobados si no fueren objetados por cada socio dentro de los ciento noventa días corridos siguientes a su conocimiento. De las objeciones al balance resolverá el árbitro que más adelante se nombra. Los socios comparecientes establecen y declaran, de manera expresa, que el plazo para objetar los balances y estados financieros y anexos presentados con fecha doce de abril del año dos mi veintitrés por el socio Nadim Aranki Marchese a la socia María Catalina Barros Rioseco, al contener los estados financieros de los años dos mil diecisiete, dos mil dieciocho, dos mil diecinueve, dos mil veinte, dos mil veintiuno y dos mil veintidós, se extiende y se encuentra vigente hasta el día diecinueve de octubre del año dos mil veintitrés; y se hacen extensivos todos los derechos y acciones que correspondan a dicha objeción, de acuerdo a lo que establecen los estatutos sociales”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Puerto Varas, 19 de Julio de 2023.