MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DONOSO Y JORDÁN COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 77535300-7 CVE 2348886
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
11 de julio de 2023
Notaría
Rancagua

Instrumento

Fecha
11 de julio de 2023
Notario
LUIS ANDRES AREVALO LARA
Oficio
6ª Notaría de Rancagua
Comuna
Rancagua

Sociedad

N. fantasía
"DELICOR LTDA", para todos los efectos que las Socias requieran utilizarlo, pudiendo actuar la sociedad indistintamente ya sea con su razón social o con su nombre de fantasía ante cualquier persona natural o jurídica, pública o privada.” C) Se modifica la cláusula cuarta del estatuto social otorgando la administración y uso de la razón social en forma indistinta a cualquiera de los dos socios para que representen a la sociedad con facultades estipuladas en el Pacto Social. En todo lo no modificado se mantiene vigente el pacto social inicial
Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS ANDRES AREVALO LARA, Notario Público Interino de la 6ª Notaría de Rancagua, con asiento en Machali, con domicilio en Las Rosas 5, Local 6, Machali, certifico: Por escritura de fecha 11-07-2023, Rep. N° 755-2023, ante mí doña SOFIA CATALINA DONOSO SCHMIDT, domiciliada en Fundo el Carmen Sin Número, comuna de Codegua; doña MARÍA ELENA JORDÁN VALENZUELA y doña MARÍA JOSEFINA LAVÍN JORDÁN, ambas domiciliadas en calle Padre Juan Tachoire N° 0116, comuna Machalí, modificaron “SOCIEDAD DONOSO Y JORDÁN COMPAÑÍA LIMITADA” RUT N° 77.535.300-7 inscrita a fs. 410v N°466 del Registro de Comercio del CBR de Rancagua del año 2000 en los siguientes términos: A) En virtud de cesión de derechos de que da cuenta escritura extractada: i. Doña SOFIA CATALINA DONOSO SCHMIDT, titular del 50% de los derechos sociales vende, cede y transfiere un 10% de sus derechos sociales a doña MARÍA JOSEFINA LAVÍN JORDÁN; quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión corresponde al valor único y total de $900.000.- Íntegramente pagado. ii. Doña MARÍA ELENA JORDÁN VALENZUELA, quien es titular del restante 50% de derechos sociales; compra, acepta y adquiere para sí el 90% de los derechos sociales de doña SOFIA CATALINA DONOSO SCHMIDT, quien los vende, cede y transfiere por el precio correspondiente al valor único y total de $8.100.000.- Monto que será pagado en la forma indicada en Escritura Extractada. En consecuencia se retira de SOCIEDAD DONOSO Y JORDÁN COMPAÑÍA LIMITADA doña SOFIA CATALINA DONOSO SCHMIDT. Quedan como únicas socias doña MARÍA ELENA JORDÁN VALENZUELA y doña MARÍA JOSEFINA LAVÍN JORDÁN. El capital social asciende a la suma de $1.000.000.- Íntegramente aportado por los socios en caja social. B) Únicas socias acuerdan sustituir la cláusula segunda del estatuto social, reemplazándola por la siguiente: “La razón social será: "SOCIEDAD DONOSO Y JORDAN COMPAÑÍA LIMITADA" y tendrá como nombre de fantasía: "DELICOR LTDA", para todos los efectos que las Socias requieran utilizarlo, pudiendo actuar la sociedad indistintamente ya sea con su razón social o con su nombre de fantasía ante cualquier persona natural o jurídica, pública o privada.” C) Se modifica la cláusula cuarta del estatuto social otorgando la administración y uso de la razón social en forma indistinta a cualquiera de los dos socios para que representen a la sociedad con facultades estipuladas en el Pacto Social. En todo lo no modificado se mantiene vigente el pacto social inicial.- Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Machalí, 20 de Julio de 2023.