SOCIEDAD DONOSO Y JORDÁN COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de julio de 2023
- Notario
- LUIS ANDRES AREVALO LARA
- Oficio
- 6ª Notaría de Rancagua
- Comuna
- Rancagua
Sociedad
- N. fantasía
- "DELICOR LTDA", para todos los efectos que las Socias requieran utilizarlo, pudiendo actuar la sociedad indistintamente ya sea con su razón social o con su nombre de fantasía ante cualquier persona natural o jurídica, pública o privada.” C) Se modifica la cláusula cuarta del estatuto social otorgando la administración y uso de la razón social en forma indistinta a cualquiera de los dos socios para que representen a la sociedad con facultades estipuladas en el Pacto Social. En todo lo no modificado se mantiene vigente el pacto social inicial
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS ANDRES AREVALO LARA, Notario Público Interino de la 6ª Notaría de Rancagua, con asiento en Machali, con domicilio en Las Rosas 5, Local 6, Machali, certifico: Por escritura de fecha 11-07-2023, Rep. N° 755-2023, ante mí doña SOFIA CATALINA DONOSO SCHMIDT, domiciliada en Fundo el Carmen Sin Número, comuna de Codegua; doña MARÍA ELENA JORDÁN VALENZUELA y doña MARÍA JOSEFINA LAVÍN JORDÁN, ambas domiciliadas en calle Padre Juan Tachoire N° 0116, comuna Machalí, modificaron “SOCIEDAD DONOSO Y JORDÁN COMPAÑÍA LIMITADA” RUT N° 77.535.300-7 inscrita a fs. 410v N°466 del Registro de Comercio del CBR de Rancagua del año 2000 en los siguientes términos: A) En virtud de cesión de derechos de que da cuenta escritura extractada: i. Doña SOFIA CATALINA DONOSO SCHMIDT, titular del 50% de los derechos sociales vende, cede y transfiere un 10% de sus derechos sociales a doña MARÍA JOSEFINA LAVÍN JORDÁN; quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión corresponde al valor único y total de $900.000.- Íntegramente pagado. ii. Doña MARÍA ELENA JORDÁN VALENZUELA, quien es titular del restante 50% de derechos sociales; compra, acepta y adquiere para sí el 90% de los derechos sociales de doña SOFIA CATALINA DONOSO SCHMIDT, quien los vende, cede y transfiere por el precio correspondiente al valor único y total de $8.100.000.- Monto que será pagado en la forma indicada en Escritura Extractada. En consecuencia se retira de SOCIEDAD DONOSO Y JORDÁN COMPAÑÍA LIMITADA doña SOFIA CATALINA DONOSO SCHMIDT. Quedan como únicas socias doña MARÍA ELENA JORDÁN VALENZUELA y doña MARÍA JOSEFINA LAVÍN JORDÁN. El capital social asciende a la suma de $1.000.000.- Íntegramente aportado por los socios en caja social. B) Únicas socias acuerdan sustituir la cláusula segunda del estatuto social, reemplazándola por la siguiente: “La razón social será: "SOCIEDAD DONOSO Y JORDAN COMPAÑÍA LIMITADA" y tendrá como nombre de fantasía: "DELICOR LTDA", para todos los efectos que las Socias requieran utilizarlo, pudiendo actuar la sociedad indistintamente ya sea con su razón social o con su nombre de fantasía ante cualquier persona natural o jurídica, pública o privada.” C) Se modifica la cláusula cuarta del estatuto social otorgando la administración y uso de la razón social en forma indistinta a cualquiera de los dos socios para que representen a la sociedad con facultades estipuladas en el Pacto Social. En todo lo no modificado se mantiene vigente el pacto social inicial.- Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Machalí, 20 de Julio de 2023.