MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

DOCTOR RODRIGO CARREÑO Y COMPAÑIA LIMITADA

RUT 76697450-3 CVE 2348611
Fecha instrumento
12 de octubre de 2016
Notaría
Rancagua

Instrumento

Fecha
12 de octubre de 2016
Notario
Carla Silva Acharan
Oficio
Séptima Notaría de Rancagua
Comuna
Rancagua

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Carla Silva Acharan, Abogado, Notario Público Interino de la Séptima Notaría de Rancagua, con oficio ubicado en esta ciudad, en Avenida Presidente Eduardo Frei Montalva (Carretera del Cobre) número trescientos cuarenta local tres, certifica: Hoy ante mí, RODRIGO ANDRÉS CARREÑO BERTIN, domiciliado en Pasaje Erídano número mil quinientos cincuenta, San Damián, comuna de Rancagua; ANDREA VIVIANNE BERTIN MUNDACA, JORGE MISAEL CARREÑO VERGARA, estos dos últimos domiciliados en Torres del Paine mil sesenta y ocho, San Damián, comuna de Rancagua; modificaron la Sociedad “DOCTOR RODRIGO CARREÑO Y COMPAÑIA LIMITADA, constituida por escritura pública de fecha 12 de octubre de 2016 en la Cuarta Notaría de Santiago a cargo de don Cosme Fernando Gomila Gatica, inscrita a fojas 42688, N° 30278 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2006, Por el presente instrumento doña ANDREA VIVIANNE BERTIN MUNDACA, viene a efectuar la siguiente cesión de sus derechos sociales: a) doña ANDREA VIVIANNE BERTIN MUNDACA vende, cede y transfiere el veinticinco por ciento de sus derechos sociales, equivalentes al diez por ciento en la sociedad a don JORGE MISAEL CARREÑO VERGARA, quien acepta para sí en la suma única y total de TRESCIENTOS MIL PESOS, que se pagan en este acto, declarando el cesionario recibirlos a su entera satisfacción; b) doña ANDREA VIVIANNE BERTIN MUNDACA vende, cede y transfiere el setenta y cinco por ciento de sus derechos sociales, equivalentes al treinta por ciento en la sociedad a don RODRIGO ANDRÉS CARREÑO BERTIN, quien acepta para sí en la suma única y total de NOVECIENTOS MIL PESOS, que se pagan en este acto, declarando el cesionario recibirlos a su entera satisfacción. Quedan como únicos socios: a) don RODRIGO ANDRÉS CARREÑO BERTIN, con un noventa por ciento de los derechos sociales; y b) don JORGE MISAEL CARREÑO VERGARA, con un diez por ciento de los derechos sociales; En todo lo no modificado siguen vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua 07 de junio de 2023.