MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

AA&C AUDITORES CONSULTORES SpA

RUT 77437948-7 CVE 2348997
Fecha instrumento
6 de julio de 2023

Instrumento

Fecha
6 de julio de 2023
Repertorio
15502-2023
Notario
FRANCISCO VARAS FERNÁNDEZ
Domicilio
Trigésima Segunda

Sociedad

Ley aplicable
ley 19.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO VARAS FERNÁNDEZ, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Segunda, de la comuna de Santiago, con oficio en Paseo Phillips número cuatrocientos sesenta y cinco, ex treinta y cinco, de la comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública de hoy ante mí, Repertorio N° N°15502 don ROBERTO CÉSAR CASTRO CARREÑO, chileno, soltero, Contador Público y Auditor, cédula nacional de identidad número 15.109.569-0, con domicilio en Ricardo Lyon número 3200, departamento 27, comuna de Ñuñoa, Santiago, Región Metropolitana, y don JONÁS RODOLFO PÉREZ GALDAMES, chileno, soltero, Contador Auditor, cédula nacional de identidad número 16.381.301-7, con domicilio en Avenida José Miguel Carrera número 4251, departamento 1404, comuna de San Miguel, Santiago, Región Metropolitana, suscribieron escritura de saneamiento de fecha 06 de julio de 2023, repertorio 15502-2023, de acuerdo con lo establecido en la ley 19.499, en relación con reducción a escritura pública de junta extraordinaria de accionistas de la sociedad “AA&C AUDITORES CONSULTORES SPA”, Rol Único Tributario número setenta y siete millones cuatrocientos treinta y siete mil novecientos cuarenta y ocho guion siete, de fecha 10 de mayo de 2023, repertorio 11301-2023, suscrita ante don FRANCISCO VARAS FERNÁNDEZ Notario Público Titular de la Trigésima Segunda, de la comuna de Santiago, en la que se cometió error imprevisto señalando: “PRIMERO: Los comparecientes en este acto, transforman la Sociedad por Acciones AA&C AUDITORES CONSULTORES SPA a Sociedad de Responsabilidad limitada de profesionales”. Saneamiento: En virtud de lo que dispone el artículo tercero de la Ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve sobre Saneamiento de Vicios de Nulidad de Sociedades, los comparecientes declaran que de acuerdo con lo que establece el artículo decimoquinto del estatuto social, en aquella parte la escritura pública debe individualizarse correctamente a los socios, sus respectivos domicilios, y razones sociales, debiendo decir lo siguiente: “Don ROBERTO CÉSAR CASTRO CARREÑO, chileno, soltero, Contador Público y Auditor, cédula nacional de identidad número 15.109.569-0, con domicilio en Ricardo Lyon número 3200, departamento 27, comuna de Ñuñoa, Santiago, Región Metropolitana, y don JONÁS RODOLFO PÉREZ GALDAMES, chileno, soltero, Contador Auditor, cédula nacional de identidad número 16.381.301-7, con domicilio en Avenida José Miguel Carrera número 4251, departamento 1404, comuna de San Miguel, Santiago, Región Metropolitana, en este acto, transforman “AA&C AUDITORES CONSULTORES SPA”, a “AA&C AUDITORES CONSULTORES LIMITADA”. A su vez, se cometió el error involuntario, en la cláusula sexta donde dice: “SEXTO: La vigencia de la sociedad será indefinida desde la fecha de la presente escritura, periodo que se renovará tacita y sucesivamente por iguales periodos, si ninguno de los socios manifieste su intención por escritura pública de terminarla con anticipación de tres meses al plazo o del periodo en curso, inscrita al margen del registro conservatorio procedente.”, debe decir: “SEXTO: La vigencia de la sociedad será indefinida desde la fecha de la presente escritura.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 06 de julio de 2023.