CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Two Tigers SpA

CVE 2348274
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
13 de julio de 2023
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
13 de julio de 2023
Notario
JOSE GABRIEL ARAYA MAGGI
Oficio
Titular de la Novena Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP
Domicilio
Será la ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

Será realizar por cuenta propia, de terceros y)o asociada a terceros, en cualquier punto del país y)o del extranjero las siguientes actividades: La importación, distribución, comercialización, compra y venta, por mayor o menor, arriendo, exportación o fabricación de cualquier clase de bienes producidos por la sociedad o que ésta adquiera para cualquiera de estos fines, en especial, los de maquinaria relacionada con la computación e informática, herramientas e insumos de ferretería, insumos industriales, de seguridad, y para la construcción. Dos.- La importación, exportación, distribución, comercialización, compra y venta, por mayor o menor, por cuenta propia o ajena, de cualquier otro tipo de bienes, equipos, maquinarias, herramientas, repuestos, utensilios, vehículos, relacionados con la actividad de producción industrial, minera, ferretera, insumos industriales, de seguridad, computación e informática y para la construcción; Tres.- Actuar como concesionaria, representante, distribuidora, agente, franquiciada, de todo tipo de bienes, nacionales o extranjeros, importados o no, relacionados con la actividad industrial, metalmecánica, minería, ferretería, insumos industriales, de seguridad, computación e informática y para la construcción. Cuatro.- Asesoramiento: dirección técnica, instalación y toda otra presentación de servicios que se requiera en relación con las actividades expuestas; Cinco.- Inmobiliarias: mediante la adquisición, venta, locación, sublocación, y)o permuta de todo tipo de bienes inmuebles urbanos y rurales, la compra venta de terrenos y su subdivisión, fraccionamiento de tierras, urbanizaciones con fines de explotación, renta o enajenación, inclusive por el régimen de propiedad horizontal. Seis.- Podrá, en el desarrollo de su objeto social presentarse en licitaciones públicas o privadas, en el orden Nacional, Provincial o Municipal. Podrá otorgar representaciones, distribuciones y franquicias dentro o fuera del País. A tales fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no estén prohibidos por la ley o el presente estatuto, realizar todos los contratos que se relacionen con el objeto social, pudiendo participar en toda clase de empresas y realizar cualquier negocio que directa o indirectamente tenga relación con los rubros expresados. Podrá asimismo realizar toda clase de operaciones financieras invirtiendo dinero o haciendo aportes propios o de terceros, contratando o asociándose con particulares, empresas o sociedades constituidas o a constituirse; podrá también registrar, adquirir, ceder y transferir marcas de fábrica y de comercio, patentes de invención, formas o procedimientos de elaboración, aceptar o acordar regalías, tomar participaciones y hacer combinaciones, fusiones y arreglos con otras empresas o sociedades del país y)o del exterior, la prestación de servicios empresariales y asesorías en gestión de servicios de transporte de carga, pasajeros y desarrollo de proyectos vinculados al transporte y logística, y en general cualquiera otra actividad directa o indirectamente relacionada con los fines descritos y que los accionistas de común acuerdo determinen

Administración

La administración de la sociedad corresponderá y la ejecutara el señor; CRISTIAN EDUARDO INOSTROZA ARAN, quien tendrá también el carácter de Gerente de la sociedad

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOSE GABRIEL ARAYA MAGGI, Abogado, Notario Público, Suplente del Titular de la Novena Notaría de Santiago, don PABLO ALBERTO GONZÁLEZ CAAMAÑO, con domicilio en calle Teatinos N° 333, entrepiso, Certifico: Por escritura pública suscrita con fecha 13 de julio de 2023, ante mí, el compareciente CRISTIAN EDUARDO INOSTROZA ARAN, chileno, casado, empresario, domiciliado para estos efectos en Calle Dos Oriente N°8526, La Cisterna, de paso en ésta, constituye sociedad por acciones denominada: “Two Tigers SpA”. Domicilio: Será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se establezcan en otros lugares, dentro o fuera del país o en el extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: Será realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en cualquier punto del país y/o del extranjero las siguientes actividades: La importación, distribución, comercialización, compra y venta, por mayor o menor, arriendo, exportación o fabricación de cualquier clase de bienes producidos por la sociedad o que ésta adquiera para cualquiera de estos fines, en especial, los de maquinaria relacionada con la computación e informática, herramientas e insumos de ferretería, insumos industriales, de seguridad, y para la construcción. Dos.- La importación, exportación, distribución, comercialización, compra y venta, por mayor o menor, por cuenta propia o ajena, de cualquier otro tipo de bienes, equipos, maquinarias, herramientas, repuestos, utensilios, vehículos, relacionados con la actividad de producción industrial, minera, ferretera, insumos industriales, de seguridad, computación e informática y para la construcción; Tres.- Actuar como concesionaria, representante, distribuidora, agente, franquiciada, de todo tipo de bienes, nacionales o extranjeros, importados o no, relacionados con la actividad industrial, metalmecánica, minería, ferretería, insumos industriales, de seguridad, computación e informática y para la construcción. Cuatro.- Asesoramiento: dirección técnica, instalación y toda otra presentación de servicios que se requiera en relación con las actividades expuestas; Cinco.- Inmobiliarias: mediante la adquisición, venta, locación, sublocación, y/o permuta de todo tipo de bienes inmuebles urbanos y rurales, la compra venta de terrenos y su subdivisión, fraccionamiento de tierras, urbanizaciones con fines de explotación, renta o enajenación, inclusive por el régimen de propiedad horizontal. Seis.- Podrá, en el desarrollo de su objeto social presentarse en licitaciones públicas o privadas, en el orden Nacional, Provincial o Municipal. Podrá otorgar representaciones, distribuciones y franquicias dentro o fuera del País. A tales fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no estén prohibidos por la ley o el presente estatuto, realizar todos los contratos que se relacionen con el objeto social, pudiendo participar en toda clase de empresas y realizar cualquier negocio que directa o indirectamente tenga relación con los rubros expresados. Podrá asimismo realizar toda clase de operaciones financieras invirtiendo dinero o haciendo aportes propios o de terceros, contratando o asociándose con particulares, empresas o sociedades constituidas o a constituirse; podrá también registrar, adquirir, ceder y transferir marcas de fábrica y de comercio, patentes de invención, formas o procedimientos de elaboración, aceptar o acordar regalías, tomar participaciones y hacer combinaciones, fusiones y arreglos con otras empresas o sociedades del país y/o del exterior, la prestación de servicios empresariales y asesorías en gestión de servicios de transporte de carga, pasajeros y desarrollo de proyectos vinculados al transporte y logística, y en general cualquiera otra actividad directa o indirectamente relacionada con los fines descritos y que los accionistas de común acuerdo determinen. Administración: La administración de la sociedad corresponderá y la ejecutara el señor; CRISTIAN EDUARDO INOSTROZA ARAN, quien tendrá también el carácter de Gerente de la sociedad. Capital: $2.000.000, dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, el cual se suscribe y paga de la siguiente forma: Don CRISTIAN EDUARDO INOSTROZA ARAN, suscribe en este acto 50 acciones las que pagan al contado en este acto en dinero efectivo, enterándolo en caja social y b) el resto, es decir la suma de $1.000.000, se pagará dentro del plazo de un año a contar de esta fecha. Demás estipulaciones en escritura extractada.