CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad de Profesionales Servicios Tecnológicos Sebaonline Limitada

RUT 15068938-4 CVE 2347722
Capital
$15.000 CLP
Fecha instrumento
7 de julio de 2023
Notaría
Viña del Mar
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
7 de julio de 2023
Notario
MARCOS ANDRÉS DÍAZ LEÓN
Oficio
Octava Notaría de Viña del Mar
Comuna
Viña del Mar

Sociedad

Capital
$15.000 CLP
Domicilio
Ciudad y comuna de Concón
Duración
La sociedad empezará a regir a contar de esta fecha, y tendrá una duración de cinco años. Se entenderá prorrogada su duración en forma automática por períodos iguales sucesivos y continuos de 5 años cada uno, salvo si cualquiera de los socios manifiesta su voluntad de poner término por escritura pública anotada al margen de la inscripción de la presente escritura en el registro de Comercio respectivo, con una anticipación mínima de 120 días corridos al respectivo vencimiento

Objeto social

El Objeto de la sociedad será asesorías profesionales y prestación de servicios tecnológicos, tales como consultoría en plataformas digitales Cloud, desarrollo de Software, reclutamiento y selección de recurso humano tecnológico, migración y actualización de servicios tecnológicos legados, consultoría en transformación digital, gestión de la Innovación, y en general, a todas las actividades , asesorías y servicios profesionales que los socios acuerden y que digan relación directa o indirectamente con las actividades señaladas precedentemente

Administración

La Administración de la sociedad corresponderá a don SEBASTIÁN RODRIGO PÉREZ RIVERA, en su calidad de gerente general de la sociedad. Limitación de Responsabilidad:

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARCOS ANDRÉS DÍAZ LEÓN, Notario Público de la Octava Notaría de Viña del Mar, domiciliado en Reñaca, con oficio en Avenida Borgoño número catorce mil cuatrocientos treinta y nueve, Local ciento cinco, certifico que, por escritura pública otorgada hoy, ante mí, don SEBASTIÁN RODRIGO PÉREZ RIVERA, C.I. N°15.068.938-4, informático, divorciado, domiciliado en calle José María Escriba De Balaguer N°725, departamento 82, comuna de Concón, y don MANUEL NICOLAS MUÑOZ ACUÑA, soltero, comunicador audiovisual, FullStack Javascript, Desarrollador Unreal Engine, C.I. N°15.069.212-1, domiciliado en Los Topacios mil trescientos ochenta i guion trescientos tres, Quilpué, Región de Valparaíso, constituyeron sociedad de profesionales de responsabilidad limitada, de cuyos estatutos extracto: Nombre: Razón Social “Sociedad de Profesionales Servicios Tecnológicos SEBAONLINE Limitada” Nombre de Fantasía “Asesorías y Servicios SEBAONLINE LTDA”. Domicilio: Ciudad y comuna de Concón, sin perjuicio de las agencias o sucursales que puedan establecerse en otras ciudades del país o del extranjero. Objeto: El Objeto de la sociedad será asesorías profesionales y prestación de servicios tecnológicos, tales como consultoría en plataformas digitales Cloud, desarrollo de Software, reclutamiento y selección de recurso humano tecnológico, migración y actualización de servicios tecnológicos legados, consultoría en transformación digital, gestión de la Innovación, y en general, a todas las actividades , asesorías y servicios profesionales que los socios acuerden y que digan relación directa o indirectamente con las actividades señaladas precedentemente. Capital: QUINCE MILLONES DE PESOS ($15.000.000), cantidad que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: don SEBASTIÁN RODRIGO PÉREZ RIVERA, con la suma de catorce millones ochocientos cincuenta mil pesos ($14.850.000), y don MANUEL NICOLAS MUÑOZ ACUÑA, con la suma de ciento cincuenta mil pesos ($150.000), siendo pagadas al contado en este acto e ingresando a la caja social. Administración: La Administración de la sociedad corresponderá a don SEBASTIÁN RODRIGO PÉREZ RIVERA, en su calidad de gerente general de la sociedad. Limitación de Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus respectivos aportes. Duración: La sociedad empezará a regir a contar de esta fecha, y tendrá una duración de cinco años. Se entenderá prorrogada su duración en forma automática por períodos iguales sucesivos y continuos de 5 años cada uno, salvo si cualquiera de los socios manifiesta su voluntad de poner término por escritura pública anotada al margen de la inscripción de la presente escritura en el registro de Comercio respectivo, con una anticipación mínima de 120 días corridos al respectivo vencimiento. Demás estipulaciones constan en escritura extractada, Viña del Mar, 07 de julio de 2023.